REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 21 de Febrero de 2011
200° y 151°
SOBRESEIMIENTO
CAUSA:
1C-13.559-10
IMPUTADO: SAMIR JOSÉ GARCIA GARCÍA
VICTIMA:
LA COLECTIVIDAD
DELITO:
LEY ORGANICA DE DROGAS
PROCEDENCIA:
FISCALIA DÉCIMA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la ABG. DIANA CAROLINA HERRERA SULBARAN, en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual como Acto Conclusivo de Investigación, solicita de declare EL SOBRESEIMIENTO de la causa N° 1C-13.559-10 nomenclatura de este Tribunal y 04-F15-0105-10 de esa Fiscalía; seguida al ciudadano: LEY ORGANICA DE DROGAS, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: La presente averiguación se inicia en fecha 22 DE Julio del 2010, en virtud de un procedimiento policial realizado por los funcionarios Inspector (PBA) Freddy Colmenares y Agente (PBA) José Piñate, adscritos a la Brigada de Patrullaje de la Sub/Comisaría El Recreo de la Compañía General del Estado Apure, realizado en fecha 13 de Octubre del año 2010, donde dejan constancia: “Siendo las 1:45 horas de la Tarde, los funcionarios antes prenombrados montaron punto de control en la vía del Trillo, específicamente en el sector Paso Ancho,… seguidamente avistaron a un ciudadano que se trasladaba en un vehículo moto…en exceso de velocidad, motivo por el cual procedieron a hacerle el llamado, para que se detuviera y al hacer caso omiso a las indicaciones dadas por los funcionarios y pasar por el punto de control rápidamente, los mismos procedieron a realizar persecución del referido ciudadano, siendo interceptado a 100 metros aproximadamente de la ubicación del punto de control, posteriormente se le solicito la documentación personal y del vehículo en el cual se trasladaba, quien de manera agresiva y nerviosa se negó a mostrar, alegando que el era funcionario público militar, en ese momento una Comisión de la Armada Bolivariana se apersono al lugar de los hecho al mando del Teniente de Fragata (ARBV) Álvarez Yorwin Fernández, quien sirvió como testigo presencial, para realizar la inspección de persona y vehículo al ciudadano Samir José García García, logrando incautarle del bolsillo derecho del pantalón, color azul y blanco, con amarre en su extremo, contentivo en su interior de un polvo beige, de contextura blanda, presunta droga…”
En virtud de los resultados obtenidos en la Investigación y la EXPERTICIA QUÍMICA DE CERTEZA, donde se evidencia que la sustancia ilícita incautada arrojo como droga, denominada COCAINA, con un peso neto de Dos (02) gramos, la EXPERTICIA TOXICOLOGIÍTA IN VIVO, donde se determino como resultado positivo para COCAINA Y MARIHUANA, quedando evidenciado que nos encontramos en presencia de un Consumidor, conforme a lo previsto en el artículo 129 y en concordancia con el artículo 131 ORD 2° de la Ley de Drogas, razón esta entonces por la que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ACUERDA: por considerarlo ajustado a derecho, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y en vista del principio de celeridad procesal no ve la necesidad de convocar al debate previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, para comprobar los motivos de la solicitud, ello conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser típico el hecho investigado. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA ÚNICO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ABG. DIANA CAROLINA HERRERA SULBARAN, en el carácter de FISCAL DECIMO QUINTA del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° 1C-13.559-10, seguida en contra de: SAMIR JOSÉ GARCIA GARCÍA porque el hecho imputado no es típico todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado…………………
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Causa N° 1C-13.559-10
EMB/Josean.-