REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 21 de Febrero de 2011
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-9795-07
IMPUTADO: PEÑA MARQUEZ FRANCISCO JAVIER
VICTIMA: EUCARIS NAZARET BLANCO PEÑA
DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LA FAMILIA
PROCEDENCIA: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 23-08-2.010, la Fiscal Octava del Ministerio Público, Dra. MILANYELA HERNANDEZ, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-9795-07, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-008-E-0002-11, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: PEÑA MARQUEZ FRANCISCO JAVIER, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 28-05-2007, en virtud del Acta Policial suscrita por los funcionarios: SGTO/MAY ROSALINO REYES, DSTGDO WILLIAM OLIVARES y AGENTE LINARES WINTER, todos adscritos a la Comandancia General de Policiadel Estado Apure, quienes dejan constancia que estando en labores de servicio recibieron un llamado de la central informando que se trasladaran a la entrada del Barrio El Picacho, que se ubica por la vía perimetral, donde dos ciudadanos estaban esperando los cuales manifestaron que en el sector presuntamente un ciudadano había abusado sexualmente de una niña, la comisión se traslado al sitio y se entrevistaron con dos personas quienes manifestaron ser los padres de la niña que fue objeto de abuso sexual los cuales quedaron identificados como: ERELYS MARENI PEÑA FARFAN… quienes los padres de la niña señalaron como el autor del hecho, por lo que se le notifico que estaba siendo detenido y quedo identificado como: PEÑA MARQUEZ FRANCISCO JAVIER… en razón de ello se apertura la presente investigación. Eso es todo. …”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Dra., MILANYELA HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos contra las personas, específicamente del delito ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en al articulo 376 parte infine del Código Penal Venezolano vigente para la fecha del hecho…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Tres (03) Años, Ocho (08) Meses y Veintitrés (23) Días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-9795-07, seguida en contra del imputado: PEÑA MARQUEZ FRANCISCO JAVIER, por la presunta comisión del delito: ACTS LASCIVOS conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. En canto a la solicitud por parte de la Fiscal pidiendo se fije una audiencia Especial, este Tribunal Primero de Control la Declara Sin Lugar por cuanto se considera innecesaria la misma. Se acuerda dejar sin efecto la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad acordada en Audiencia de Presentación de Imputado de fecha 31-05-2007. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
LA SECRETARIA
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Causa N° 1C-9795-07
EMBL/AU/Rosa M.-