REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD Nº 11-153
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: DEFINITIVA
SOLICITANTE: NIGER JINMER FLORES LUGO
ABOGADO ASISTENTE LUIS B. RATTIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: NIGER JINMER FLORES LUGO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.167.059, asistido por el Abogado en ejercicio LUIS B. RATTIA, Inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 137.772, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: NIGER JINMER FLORES LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.167.059, sobre unas bienhechurías constituidas por: una (01), casa de mampostería, con tres (03) habitaciones, dos (02) con baños internos, Una (01) Sala o recibo, una (01), Una (01) Cocina, un (01) baño afuera, un (01) Porche de platabanda, Pisos de cerámica, Techo de platabanda, Ventanas, Puertas y rejas de hierro, una (01) perforación o pozo profundo de Aguas Blancas, un (01) Pozo séptico de tres por tres (3x3) dicha casa esta totalmente cercada con alambre alfajor, frente de mampostería y rejas metálicas, Luz eléctrica.; dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal que le fue otorgado, en calidad de arrendamiento presentando Constancia de tramitación de Arrendamiento expedido por la Oficina de Catastro del Municipio Achaguas Estado Apure de fecha 20-07-2.011; el mismo se encuentra ubicado en la zona urbana Sector; Los Módulos, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de VEINTE METROS DE FRENTE POR SESENTA METROS DE FONDO (20X60); alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Cruz Vera; SUR: Casa de Carmen Flores; ESTE: Terreno de Rafael Bueno; y OESTE: Calle Comercio. Siendo el valor de las Bienhechurías de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 85.000.ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano: NIGER JINMER FLORES LUGO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.167.059, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure Devuélvase original de estas resultas a la parte solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-153.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintinueve (29) días del mes de Julio del año Dos Mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS.-
LA SECRETARIA,
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
En esta misma fecha, siendo las 1:30 p.m., se publicó y se registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA,
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
SOLIC. Nº 11-153 (TITULO SUPLETORIO).-
DR. WJPC/ ABOG. CMLM.-
29-07-2011.-