REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
SOLICITANTE: MARÍA ELENA ALMA.-
ABOGADO ASISTENTE: MANUEL EDUARDO TOVAR.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITUD: Nº S- 406-11
RESOLUCIÓN AUTONOMA RESUELTA.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARÍA ELENA ALMA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en esta Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.193.745, asistida por el Abogado en ejercicio MANUEL EDUARDO TOVAR, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 165.917, así como las declaraciones de los testigos.- Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: MARÍA ELENA ALMA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.193.745,suficientemente identificada; sobre unas bienhechurías conformadas por: Una casa de habitación familiar, ubicada en el Sector “Los Alelíes”, de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; construidas con paredes de bloques y cemento frisado, piso de cemento pulido, techo de zinc y acerolit en estructura metálica puertas y ventanas de hierro con su respectiva instalación eléctrica; constante de: cinco (05) habitaciones, dos (02) baños, una (01) cocina, una (01) sala comedor, un (01) porche y un (01) deposito.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz, según consta en Documento de Contrato de Arrendamiento registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos bajo el Nº 10, folios 37 al 40 que para tal fin lleva la Sindicatura Municipal de esta localidad en el presente año 2.011; dicho terreno consta de veinte (20) metros de frente por veinticinco (25) metros de fondo, (20 M X 25 M), para un total de quinientos Metros Cuadrados (500 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupados por el señor Marcos Hidalgo; SUR: Calle de los Hidalgos; ESTE: Terrenos ocupados por el señor Alexis Hidalgo y OESTE: Terraplén Los Alelíes.- En dichas bienhechurías la ciudadana MARÍA ELENA ALMA invirtió la cantidad de: TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas a la solicitante, quedando anotado en el Libro de Solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2.011 bajo el Nº S-406-11. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-DADA FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE con sede en Mantecal, a los veintisiete (27) días del mes de Julio del año dos mil Once (2011). AÑOS: 201° Y 152°.-
La Jueza Prov.,
Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria Temp.,
Abog. Yulis Villanueva.-
En la misma fecha siendo las 11:30 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria Temp.-
Abog. Yulis Villanueva.