REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 13 de Junio de 2.011
200º y 151º
AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO

CAUSA Nº 3C- 3450-11
JUEZ: DRA. NORKA MIRABAL
FISCAL: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSOR PUBLICO: ABOG. GRISELIA NAVARRO
SECRETARIA: ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
VICTIMA: CARMEN MABEL GUEDEZ
IMPUTADO: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO
DELITO: VIOLENCIA PATRIMONIAL Y VIOLENCIA FISICA

En el día de hoy Trece (13) de Junio de Dos Mil Once (2011), siendo las 10:30 a.m, oportunidad fijada por este Tribunal, para la celebración de la AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO, conforme a lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Se anuncio dicho Acto con las formalidades de Ley, presente la Abog. NORKA MIRABAL, Juez Tercero de Control, la ciudadana Secretaria verificó la presencia de las partes constatándose, que se encuentra presente la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, la Defensa Pública ABOG. GRISELIA RAMIREZ, el Imputado: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO y la Victima: CARMEN MABEL GUEDEZ. Seguidamente el Fiscal expone: “Ciudadana Juez esta Representación Fiscal, ratifica Solicitud de Sobreseimiento de fecha 07-02-2011, por cuanto de los elementos de convicción recogidos en la investigación resultaron insuficientes y en vista de que los hechos se originaron en Julio de 2001, no existen suficientes elementos de convicción para imputar al ciudadano, en vista de que a esta fecha la victima no compareció más por ante el despacho Fiscal. Es todo”. Cesó. Acto seguido la Victima CARMEN MABEL GUEDEZ, solicita el derecho de palabra y concedidole como fue expone: “Yo no quiero que el que se meta conmigo, que no se meta más conmigo, que no me moleste más. Acto seguido se le dio el derecho de palabra al imputado quien manifestó a viva voz y sin ningún medio de coacción manifestó que no tenía que decir nada al respecto. De seguida la defensa Pública Abog. GRISELIA RAMIREZ, solicita el derecho de palabra y expone: “Oída la manifestación de mi representado, esta Defensa se adhiere a la Solicitud de Sobreseimiento de la presente causa realizada por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público en fecha 07-02-2011, ya que la misma se encuentra ajustada a derecho y como consecuencia de ello se decrete el sobreseimiento de la presente causa. Es todo. Ceso”. Acto seguido la ciudadana Juez expuso: Vista la deposición del Ministerio Público quien ratificó la Solicitud de Sobreseimiento de fecha 07-02-2011, este Tribunal acuerda el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del imputado: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.243.128. Así mismo se acuerda motivar el presente sobreseimiento por auto separado. Quedan notificadas las partes conforme a lo señalado en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Término se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL





Continúan las firmas…




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 13 de Junio de 2.011
200º y 151°
Causa: 3C- 3450-11
La presente causa es seguida en contra del ciudadano: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.243.128, a través de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial representada por la ABOG. ISMENIA MENDEZ; quien en fecha: 07-02-2011, solicitó el Sobreseimiento de la presente causa, de acuerdo a lo establecido con el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual este Tribunal acordó fijar Audiencia Especial de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se realizó el 13 de Junio de 2011, en virtud del caso en particular. Por lo que se acuerda el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del imputado: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.243.128.
De las actas que conforman la presente causa, se evidencian los siguientes hechos:

La ciudadana Fiscal Auxiliar de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, en Audiencia Especial de fecha 13-06-2011, ratifica la solicitud de sobreseimiento de fecha 07-02-2011, a lo cual se adhirió la Defensa Pública, conforme a lo establecido en el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se decrete el sobreseimiento de la causa conforme a lo establecido en el mencionado artículo.


A tal efecto cumplidos como han sido los requerimientos legales exigidos en el artículo 323 y 318 numeral 4º, y del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que les fue seguida al Ciudadano: JOSE DAVID FLORES. Y ASÍ SE DECIDE.-

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la ley le confiere, acuerda: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: DIOGENES DE JESUS MIRABAL FIGUEREDO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.243.128, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 323 y 318 ordinal 4º ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese y notifíquese.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL,


ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
LA SECRETARIA

ABG. MARÍA MERCEDES ANZOLA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenad en el auto que antecede.

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA MERCEDES ANZOLA
EXP No. 3C-3450-11
NMR/María Mercedes.-