REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 01 de Junio del año 2011
201º y 152º
ASUNTO: JMSS-1.754-11.-
Admítase cuanto ha lugar en Derecho la solicitud de homologación de acuerdo conciliatorio planteado por ante la Defensoría Pública, previamente se OBSERVA: En el folio Dos (02), cursa acta mediante la cual los ciudadanos; NESTOR RAFAEL TOVAR ARROYO y YANEITSY ANDREINA NARANJO BENITEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.015.971 y V- 20.091.403, padres biológicos del niño (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quienes solicitaron que este Tribunal Homologue el presente Convenio en los términos expuestos por las partes. Las Sumas acordadas serán entregadas por el padre en dinero en efectivo personalmente a la madre los últimos días de cada mes. Por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que esta, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos de conformidad con el artículos 315, 387 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.- ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.-
Regístrese la presente Decisión.-
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, al (01) día del mes de Junio del año 2011.- Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. .
LA JUEZA PROV.,
DRA. DULCE MEDINA
EL SECRETARIO,
ABG. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO,
ABG. FREDDYS MARTINEZ
ASUNTO: JMSS-1.754-11.-
DM/FM/José.
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