REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-

San Fernando, (20) de Junio del 2.011
201º y 152º

ACTA DE AUDIENCIA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
SOLICITANTE: DIALINDA MERCEDES JASPE CARDOZA.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.-
BENEFICIARIOS: ADOLS. (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección y Niños, Niñas y Adolescentes).-
En el día de hoy (20) de Junio del año dos mil once (2011), a las 03:00 p.m. horas de tarde, se dio inicio a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria, presidida por la Jueza Dra. DULCE MEDINA, con la asistencia del Secretario Abg. FREDDYS MARTINEZ ORTEGA, y el Alguacil JOSE AGUIRRE.- Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia de jurisdicción voluntaria, prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por motivo de “Declaración de Únicos Universales Herederos”, suscrita por la ciudadana DIALINDA MERDECES JASPE CARDOZA a favor del adolescente (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección y Niños, Niñas y Adolescentes), asistido por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR, en su condición de Defensor Público Tercero de Protección Seguidamente la ciudadana Juez intervino para dar inicio a la evacuación de las pruebas en el siguiente orden:
Se deja constancia ante este Recinto que no comparecieron los testigos fijados para el día de hoy a la hora indicada, y tampoco estaba presente al presente acto el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR, en su condición de Defensor Público Tercero de Protección.-
Después de concluidas las actividades procesales, inmediatamente la Jueza de este Tribunal procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “Por lo antes expuesto este Tribunal Primero De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación y Ejecución Del Circuito De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECLARA. Desistido y en consecuencia EXTINGUIDA la presente solicitud realizadas por la ciudadana DIALINDA MERCEDES JASPE CARDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.937.731, actuando en su condición de representante legal del adolescente (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección y Niños, Niñas y Adolescentes), asistido Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR, en su condición de Defensor Público Tercero de Protección, de conformidad con lo establecido en el articulo Nro. 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, Cúmplase. Se hace del conocimiento de las partes que el fallo será reproducido y publicado íntegramente y de forma escrita. Se dio por concluido el acto.- Es todo, termino a las 03:20 PM., se deja constancia que la presente audiencia NO fue reproducida en forma audiovisual, por carecer este Tribunal de los equipos audiovisuales.- se leyó y conformes firman.- La Jueza Prov.,
Dra. DULCE MEDINA
El SECRETARIO
Abg. Freddys Martínez

Exp. JMS-S-1.800.-
DM/Miriam.-