REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 13 de Junio de 2011.-
AÑOS: 200 y 151°-
AUDIENCIA ESPECIAL POR CAPTURA
CAUSA PENAL N° 1C-5.661-04
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. EDWIN MANUEL BLANCO
SECRETARIA DE SALA: ABG. NANCY LUGO DE MARTINEZ
FISCALIA DE TRANSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO:
ABOG. ISMENIA MENDEZ.
VICTIMA: JOSE RAFAEL ARMADA.
IMPUTADO: MORILLO TOVAR ELIECER JOSE.
DEFENSOR PUBLICO: ABOG. GRISELIA RAMIREZ.
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD.
En el día de hoy, trece (13) de Junio de 2011, siendo las 3:30 horas de la tarde, se constituye el Tribunal Primero en funciones de Control de guardia a los fines de realizar audiencia especial, en virtud de la captura realizada al ciudadano: ELIECER JOSEMORILLO TOVAR, la cual fuera atendida por el Tribunal Tercero de Control en Guardia, quien verifico que dicho ciudadano se encuentra requerido por este Tribunal Primero de Control. Seguidamente se verifico la presencia de las partes, encontrándose presentes en la sala de audiencia la representante de la Fiscalia de Transición del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, previo traslado el imputado: ELIECER JOSE MORILLO TOVAR y la Defensora Pública ABOG. GRISELIA RAMIREZ. Se da inicio al acto y el ciudadano Juez le concede la palabra a la Fiscal de Transición del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, quien expuso: “Presento en este acto al imputado: MORILLO TOVAR ELIEZER JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.046.175, y residenciado actualmente en el Sector Las Trincheras, Municipio Naguanagua, Urbanización Los Caracoles, calle principal Nro. 29, cerca del expendio de gas en PDVSA Valencia, Estado Carabobo; y vistas las actuaciones presentadas por declinatoria, donde consta la aprehjensión del citado ciudadano, por orden de captura emitida por este Tribunal de Control, esta representación fiscal a los fines de garantizar su comparecencia a la Audiencia Preliminar, por el delito de Robo, solicito le sea impuesta una caución juratoria conforme a lo establecido en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines que se comprometa a comparecer a la fecha que indique este Tribunal para la celebración de la Audiencia Preliminar y se notifique a las demás partes y tomando en consideración que el ciudadano SALINAS EUCLIDES, se encuentra privado de libertad en el Internado Judicial, el mismo sea trasladado para la fecha de la audiencia preliminar. Es todo”. Seguidamente le fue concedido el derecho de palabra al imputado ciudadano: ELIECER JOSE MORILLO TOVAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.046.175, quien le cedió la palabra a su defensora. Seguidamente le fue concedido la palabra a la Defensora Pública ABOG. GRISELIA RAMIREZ y expuso: “La defensa no se opone a la solicitud fiscal por cuanto no vulnera los derechos de mi representado; igualmente consigno Constancia de residencia del mismo.”. Seguidamente el ciudadano Juez ABOG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA, toma la palabra y expone: Oída la exposición del Ministerio Público representado por la ABOG. ISMENIA MENDEZ, lo expuesto por la Defensa Técnica ABOG. GRISELIA RAMIREZ, se acuerda con lugar lo solicitado por el Ministerio Público, a cuya solicitud no se opuso la Defensa, en consecuencia se acuerda imponer Caución Juratoria al imputado de autos y se fija la Audiencia Preliminar en este mismo acto para el día 01 de Agosto de 2011, a las 10:00 horas de la mañana, Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: Se impone Caución Juratoria al imputado: MORILLO TOVAR ELIEZER JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.046.175, mediante la cual se comprometa a comparecer a la fecha que fije este Tribunal para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, la cual se fija para el día 01 de Agosto de 2011 a las 10:00 horas de la mañana, para lo cual quedan debidamente notificadas las partes presentes. Se ordena la notificación de los ausentes y se ordena librar Boleta de traslado al imputado: EUCLIDES SALINAS. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABOG. EDWIN MANUEL BLANCO.