REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 27 de Junio de 2011
201° y 152°
Vista la Solicitud presentada por la ciudadana ISABEL LEOCADIA RAMIREZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.770.576, de este domicilio, signada con el N°. 2.011- 274; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad de la solicitante, según TITULO DE ADJUDICACION EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA PUBLICA, registrado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 17 de Diciembre de 2.007, anotado bajo el N°. 31, Folios 218 al 224, Protocolo Primero, Tomo 40, Cuarto Trimestre del año 2.007, constante de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS (253,66 M2), ubicado en el Barrio “Pueblo Nuevo”, Callejón Madariaga, N°. 3- B, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Parcela ocupada por la Familia Ramírez, en Diecinueve Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (19,55 mts); SUR: Parcela ocupada por la Familia Cabrera, en Veinte Metros con Quince Centímetros (20,15 mts); ESTE: Callejón Madariaga, en Diez Metros con Setenta y Ocho Centímetros (10,78 mts), y OESTE: Parcela ocupada por la Familia Solórzano, en Cuatro Metros con Veintitrés Centímetros, más Diez Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (04,23 + 10,55 mts), compuesta por Una (1) Casa propia para habitación, de Cuatro (04) Habitaciones, Una (01) Sala, Cocina, Dos (02) Baños, Lavandero, Techo de Acerolit, Piso de Cemento liso, Paredes de Bloques, Puertas y Ventanas de Hierro con Vidrio incorporado, Un (01) Porche y Un (01) Garaje, ambos con platabanda y construcción de columnas de concreto armado, en las cuales se ha invertido la cantidad de QUINIENTOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 500.253,66) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana ISABEL LEOCADIA RAMIREZ OCHOA, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de:
( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
SOLICITUD N°. 11- 274.-
EJSM/pmsd/mder.-
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