REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y L ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.
200º y 152º

Guasdualito, 16 de Marzo de 2011.

SOLICITANTES: HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA, colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N V-C.C 83.253.842; actuando en nombre y re presentación de (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), de once (11) años de edad, domiciliado en vecindario Caño negro. Sector Totumito. Guasdualito-estado Apure. Asistido por el Abogado en ejercicio ILDEMARO DURAN SOLOZA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 156. 959.

MOTIVO: Justificativo de Testigo.

SENTENCIA: Interlocutoria .

ASUNTO: CP21-J-2011-000067.

En la oportunidad legal para la realización de la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria, en la presente solicitud ( Justificativo de Testigos), establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, solicitada por la ciudadana HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA, colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N V-C.C 83.253.842; actuando en nombre y re presentación de (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), de once (11) años de edad, domiciliado en vecindario Caño negro. Sector Totumito. Guasdualito-estado Apure. Asistido por el Abogado en ejercicio ILDEMARO DURAN SOLOZA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 156. 959. En consecuencia declarado abierto el acto a las puertas de este Tribunal, se deja expresa constancia la comparecencia de la ciudadana ELIDE LETICIA ESCOBAR DE DURAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad No. V- 1.619.601, domiciliada la Urbanización Altos de Periquera sector pueblo Viejo. Guasdualito. Municipio Páez del estado Apure. La Juez previa las formalidades de Ley declarado abierto acto, y juramentada legalmente la testigo dijo ser y llamarse ciudadana ELIDE LETICIA ESCOBAR DE DURAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad No. V- 1.619.601, domiciliada la Urbanización Altos de Periquera sector pueblo Viejo. Guasdualito. Municipio Páez del estado Apure. Impuesta del motivo de su comparecencia y de las disposiciones de la Ley pertinentes a los testigos, manifestó no tener impedimento alguno en declarar en caso de ser investigado. Procedió el abogado asistente a interrogar a la testigo de la siguiente manera: A LA PRIMERA PREGUNTA CONTESTO: Si conozco suficientemente de visita, trato y comunicación al señor HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA, desde aproximadamente quince años y (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), desde que nació. A LA SEGUNDA PREGUNTA Contesto: Si se y me consta que (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA) es hijo de la ciudadana MERCI CARVAJAL PUENTES y de HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA. A LA TERCERA PREGUNTA contesto: Si se y me consta que JHONATAN JAVIER, nació en el vecindario Totumito Jurisdicción de la Parroquia Guasdualito. Municipio Páez del Estado Apure. A LA CUARTA PREGUNTA CONTESTO: Si se y me consta que (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), nació el día 17 DE Septiembre d e1999, en parto extra-hospitalario. A LA QUINTA PREGUNTA CONTESTO. Si se y me consta que el señor Hernán Javier Collazos ha vivido toda la vida en este país. Es todo”. En este mismo estado la parte solicitante presento al siguiente Testigo, el ciudadano FRANCO JOSEIN ZACCARIA QUINTERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N. V- 11.189.646, la Urbanización Altos de Periquera sector Pueblo Viejo. Guasdualito. Municipio Páez del estado Apure. Procedió el abogado asistente a interrogar al testigo de la siguiente manera: A LA PRIMERA PREGUNTA CONTESTO: Si conozco suficientemente de visita, trato y comunicación al señor HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA, desde aproximadamente quince años y a (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), desde que nació. A LA SEGUNDA PREGUNTA Contesto: Si se y me consta que (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA) es hijo de la ciudadana MERCI CARVAJAL PUENTES y de HERNAN JAVIER COLLAZOS VALENCIA. A LA TERCERA PREGUNTA contesto: Si se y me consta que (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), nació en el vecindario Totumito Jurisdicción de la Parroquia Guasdualito. Municipio Páez del Estado Apure. A LA CUARTA PREGUNTA CONTESTO: Si se y me consta que (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA) , nació el día 17 DE Septiembre de1999, en parto extra-hospitalario. A LA QUINTA PREGUNTA CONTESTO. Si se y me consta que el señor Hernán Javier Collazos ha vivido toda la vida en este país. Es todo”.
Esta juzgadora vista las facultades conferidas en el artículo 513 Eiusdem, oportunidad para emitir el pronunciamiento, procede quien juzga a Declarar el presente justificativo de Testigos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 516 Eiusdem, y 936 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los 16 días de Marzo del año dos mil Once (2.011). Años: 200° de la Independencia y 152° de la Federación. ASI SE DECIDE. CUMPLASE



La Jueza,

Abg. Annabella Franco M.


La Secretaria,

Abg. Delimar Paola Palacios
AFM/PP.
Asunto CP21-J-2011-000067.