REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 04 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: JMSS-1.374-11
Admítase cuanto ha lugar en Derecho la solicitud de homologación de acuerdo conciliatorio planteado por ante la Defensora Publica Primera del Sistema de Protección, de esta Circunscripción Judicial del Apure, previamente se OBSERVA:
En el folio dos (02), cursa acta mediante la cual los ciudadanos; BETZY REBECA MONTOYA CORONA y PAEZ DALGUIS DANIEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.512.144 y V-17.201.409, padres biológicos del niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (8) años de edad, a los fines de conciliar El Reconocimiento Filiatorio y la Obligación de Manutención, una vez impuestos del motivo de la convocatoria acuerdan en los siguientes términos: El padre Reconoce como su hijo biológico al niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), solicita que se oficie a la Jefatura Civil del Municipio San Fernando donde fue presentado, a los efectos que se ordene asentar el apellido del padre el cual será a partir ahora, DANIEL EMILIO PAEZ MONTOYA. Y que quede asentado dicho reconocimiento en los libros respectivos y ofrece para la Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) mensuales, ofrece comprar todo lo necesario para los uniformes y útiles escolares, y en la época decembrina. Así mismo acuerda el 50% de gastos médicos y medicina cuando lo amerite y solicitan que se DECRETE el Aumento Automático en base al 20% sobre los montos establecidos en el presente convenio a partir del próximo año. Ofíciese lo conducente CON CARÁCTER URGENTE. Y la ciudadana BETZY REBECA MONTOYA CORONA, antes identificada admite el presente convenio y piden que el Tribunal HOMOLOGUE el presente acuerdo. ....Se homologó en los términos expuestos por las partes.
Por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que esta, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en consecuencia, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos de conformidad con los artículos 315, 366, 369 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, Y ASI SE DECIDE, este Tribunal acuerda en esta misma fecha librar oficios a las Autoridades Civiles Competentes para que procedan a Estampar Nota Marginal de Reconocimiento en la partida de Nacimiento numero mil quinientos setenta y cuatro (1.574), suscrita ante la Prefectura del Municipio San Fernando, Estado Apure, en fecha 29/07/2003, de conformidad con lo establecido en los artículos 217, 218 y 506 del Código Civil Venezolano. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.
Regístrese la presente Decisión.
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los (04) días del mes de Marzo del año 2011. Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
Exp.: JMSS-1.374-11. CJU/FAM/miglays.
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