REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 16 de Marzo de 2011.
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-12.464-09
IMPUTADO: LUIS ALEXANDER PEREZ
VICTIMA: NORELIS YULITZA ANGULO
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO SEXUAL
PROCEDENCIA: FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el abogado LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3º Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, ordinal 8° ejusdem, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa seguida a LUIS ALEXANDER PEREZ; este Tribunal, para decidir previamente observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia que pudiéramos estar en presencia de la comisión de un hecho punible, cuya averiguación se inicia el día 25-06-09, en virtud de acta de investigación, suscrita por los funcionarios: Sub-Inspector (PBA) ALVAN RIBAS, Dgdo/ (PBA) DAVID CARDOZA Y Agente (PBA) OSWALDO COLINA, adscritos a la Comandancia General de Policía, donde se deja constancia entre otras cosas las siguientes: “recibí una llamada de la ciudadana: NORELIS YULITZA ANGULO, la cual nos indico que un ciudadano le estaba acosando sexualmente, mostrándole el pene, cuando venia en un microbús de la línea La Morenera y le indicaba que si gritaba le iba dar un tiro con un revolver que le mostraba, luego el sujeto se bajo del microbús cuando abordaron otros pasajeros al frente de una licorería, la misma manifestó que como estaba nerviosa no encontró que hacer y luego se bajo cerca del terminal de pasajeros, donde paso recogiendo a su hija en el colegio Vuelvan Caras, al regresar al mismo sitio aun se encontraba el sujeto cruzando la avenida Miranda, posteriormente nos trasladamos en compañía de la victima hasta el lugar indicado por ella, quien señalo al ciudadano en mención, a quien se le informo que estaba siendo detenido de manera Flagrante…”, donde se vislumbró como imputado a LUIS ALEXANDER PEREZ, por la comisión de del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO SEXUAL.
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado se evidencia; en razón de que en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual establece que vencido el lapso de cuatro meses que tiene la vindicta pública para investigar, sin que haya pedido prorroga, contenida en el Artículo 79 de precitada Ley, deberá emitir acto conclusivo al que hubiere lugar, por lo cual cabe destacar que desde fecha en que suscitaron los hechos 25-06-09 hasta la fecha 16-0310 han trascurrido un lapso de (1) año, (8) meses, y (19) días tiempo este que supera el lapso establecido por la Ley, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-12.464-09, seguida en contra del Ciudadano: LUIS ALEXANDER PEREZ, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO SEXUAL, en perjuicio de: NORELIS YULITZA ANGULO conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO
LA SECRETARIA
ABG. NANCY LUGO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. NANCY LUGO
Causa N° 1C-12.464-09
EMB/Josean.-