REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
SOLICITUD: 10-399
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DE CUJUS CARMEN AULALIA
REQUENA.-
SOLICITANTE: ANTONIO CIRILO BUROZ REQUENA-
FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 23 DE JULIO 2.010.
Vista la anterior Solicitud, presentada por el Ciudadana: ANTONIO CIRILO BUROZ REQUENA, venezolano mayor de edad, Casado civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-8.153.089, asistido por el Abogado RICARDO JOSE NAVARRO REQUENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 137.673, quien ha solicitado ante este Tribunal se le declare Conjuntamente con los Ciudadanos: LUCINDA BURO DE GAIZAUKAS, IGNACIO RAFAEL REQUENA, JOSE YSABEL BUROZ REQUENA, JULIO RAFAEL REQUENA, CARMELITA YULEISI REQUENA, LUZ AMALIA REQUENA, ESTEFANA DEL CARMEN REQUENA, PIO RAMON BUROZ REQUENA y mi sobrino NICOLAS ISRRAEL BUROZ BELLO, hijo de mi hermano NICOLAS RAMON BUROZ REQUENA (Difunto) como UNICOS y UNIVESALES HEREDEROS de la Decujus: CARMEN AULALIA REQUENA, quien fue venezolana, de 74 años de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 6.538.332, falleció en El Barrio “San José” de esta Ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, el día 20 de Septiembre de 2.009. Oídas las declaraciones de los ciudadanos: RIERA PEREZ MARILYN DEL VALLE y BLANCO HIDALGO JOSE LINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 18.727.887 y 4.667.129, respectivamente y de este domicilio; quienes declararon que si Conocieron a la de Cujus desde hace muchos años, que si sabe y le consta; y que si sabe y le consta.-
D I S P O S I T I V A
Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta de Nacimiento y Acta de Defunción acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De cujus: CARMEN AULALIA REQUENA, sus hijos, ciudadanos: ANTONIO CIRILO BUROZ REQUENA, LUCINDA BURO DE GAIZAUKAS, IGNACIO RAFAEL REQUENA, JOSE YSABEL BUROZ REQUENA, JULIO RAFAEL REQUENA, CARMELITA YULEISI REQUENA, LUZ AMALIA REQUENA, ESTEFANA DEL CARMEN REQUENA, PIO RAMON BUROZ REQUENA y nieto NICOLAS ISRRAEL BUROZ BELLO, hijo de NICOLAS RAMON BUROZ REQUENA (Difunto), cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: ANTONIO CIRILO BUROZ REQUENA, LUCINDA BURO DE GAIZAUKAS, IGNACIO RAFAEL REQUENA, JOSE YSABEL BUROZ REQUENA, JULIO RAFAEL REQUENA, CARMELITA YULEISI REQUENA, LUZ AMALIA REQUENA, ESTEFANA DEL CARMEN REQUENA, PIO RAMON BUROZ REQUENA y mi sobrino NICOLAS ISRRAEL BUROZ BELLO, hijo de mi hermano NICOLAS RAMON BUROZ REQUENA (Difunto), titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V--8.153.089, 8.162.755, 9.590.221, 6.538.316, 13.639.102, 11.238.627, 10.615.771, 8.198.826, 8.198.458, 15.976.907 y 4.667.297, respectivamente, hijos de la de cujus, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus CARMEN AULALIA REQUENA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:00 a.m., del día veintitrés (23) días del mes de Marzo del Dos Mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-
La Juez,
Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abog. PETRA SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria,
Abog. PETRA SILVA DIAMOND
EXP. N°.10- 399.-
EJSM/pmsd/Yuling.
|