REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE Nº 11-41
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
JOSE ALEXIS CONTRERAS(REPRESENTANTE DE LA ASOCIACION CIVIL MINISTERIO PROFÈTICO INTERNACIONAL “LA VOZ DE DIOS”)










Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSE ALEXIS CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.583.644, actuando en nombre y representación de la Asociación Civil “Ministerio Profético Internacional La Voz de Dios”, asistido por el Abogado en ejercicio Carlos A. Blanco C., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 78.489, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL MINISTERIO PROFÉTICO INTERNACIONAL LA VOZ DE DIOS”, representada por el ciudadano: JOSE ALEXIS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.583.644, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por una casa de oración de construcción Mampostería, Techo de Acerolit, piso de Cemento Pulido, Dos (2) habitaciones, Un (1) Baño, Una (1) Cocina, Una (1) Sala de Oficina, puertas y ventanas de Metal, instalaciones de luz eléctrica, aguas negras y blancas en perfecto estado de funcionamiento, cercada totalmente de mampostería. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal que le fue otorgado, en calidad de Arrendamiento presentando Constancia de Tramitación de Arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Autónomo Achaguas Estado Apure de fecha 15-02-2011; el mismo se encuentra ubicado en la zona Urbana sector El Manguito, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de DOCE METROS DE FRENTE POR TREINTA METROS DE FONDO (12X30), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Transversal; SUR: Terreno de Alpidio Montoya; ESTE: Terreno de Mari Correa; y OESTE: Casa de José Contreras. El valor de las Bienhechurias es de CIENCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ASOCIACIÓN CIVIL MINISTERIO PROFÉTICO INTERNACIONAL “LA VOZ DE DIOS”. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-41.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintidós (22) días del mes de Marzo del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA

ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR


En esta misma fecha, siendo las 2:45 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA,
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
DR. WJPC/LCDA.FADEM-
SOLIC. Nº 11-41 (TÌT. SUPLT.)
22-03-2011.-