REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal de Sustanciación, Mediación y  Ejecución del Estado Apure
 
San Fernando de Apure, trece de mayo de dos mil once (2011)
 
201º y 152º
 
ASUNTO: CH01-L-2007-000069
 
 
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
 
 
	
 
PARTE ACTORA: GILBERTO MURILLO BUSTAMANTE
 
APODERADO JUDICIAL: LUIS ENRIQUE CAMACHO 
 
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTES y SERVICIOS ALVAMOR C.A. y SOLIDARIAMENTE A PDVSA SUR PETROLEO Y GAS, S.A.
 
APODERADO JUDICIAL: MARÍA GABRIELA MUJICA 
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES 
 
 
En el día hábil de hoy, viernes trece (13) de mayo de dos mil once (2011), siendo las diez y cuarenta (10:40 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia preliminar en el JUICIO POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, compareciendo por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por una parte el Abogado el Abogado FREDDY FIDEL MOLINA  AYALA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 66.517, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa TRANSPORTES y SERVICIOS ALVAMOR C.A. Igualmente se encuentra presente la Abogado MARÍA GABRIELA MUJICA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 54.959, en su carácter de apoderada judicial de PDVSA SUR PETROLEO y GAS, S.A.. Ahora bien, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma, y visto que no compareció la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
 
 
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los trece (13) días del mes de mayo de dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-                                   
 
 
El Juez Titular,
 
 
Abog. CARLOS ESPINOZA COLMENARES
 
 
           	                        
 
   
 
	                  La Secretaria,
 
 
                                                       
 
                                                      Abog. MARÍA ANGELICA CASTILLO
 
 
 
 
 
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       Freddy Fidel Molina Ayala
 
 
 
                                                               
 
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             Apoderada Judicial de la demandada PDVSA
 
 
 
 
 
 
 
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