REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
 
San Fernando de Apure, seis de mayo de dos mil once
 
201º y 152º
 
 
ASUNTO: CP01-L-2010-001117
 
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
 
 
Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2010-001117
 
PARTE ACTORA: GLADYS BEATRIZ CARRILLO ROJAS
 
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN MUNICIPAL BOLIVARIANA DE ASISTENCIA INTEGRAL A LA FAMILIA (FUMBAIFA).
 
APODERO ESPECIAL: DENNIS ORTA
 
PROCURADOR DEL TRABAJO: ASDRUBAL BARRIOS, debidamente inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 20.475.
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES 
 
 
En el día hábil de hoy, viernes seis (06) de mayo de dos mil once (2011), siendo las nueve y treinta (09:30 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el juicio por cobro de Prestaciones Sociales, compareciendo por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure el abogado ASDRUBAL BARRIOS, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.475, actuando en su condición de Abogado Procurador Especial de Trabajadores del Estado Apure, quien no presenta poder que lo faculte para actuar en la presente causa. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadana GLADYS BEATRIZ CARRILLO ROJAS. De igual forma se deja constancia de la presencia del abogado Dennis Orta, en su condición de apoderado especial de la parte demandada FUMBAIFA. Seguidamente previo el anuncio de Ley se dio inicio a la audiencia preliminar, y visto que no compareció la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
 
 
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los seis (06) días del mes de mayo de dos mil once (2011). 
 
El Juez Titular,
 
 
Abg. Carlos Espinoza Colmenares	                                     
 
                                                                             La Secretaria,
 
 
                                          
 
                                                          Abg. María Angélica Castillo Silva
 
 
 
 
Apoderado Especial de FUMBAIFA
 
 
 
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Dennis Orta 
 
                                                                                                     
 
 
Procurador Especial 
 
de Trabajadores
 
 
 
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ABG. ASDRÚBAL BARRIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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