REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 18 de Mayo del año 2011.-
200º y 152º
De la revisión de las actas que conformar la presente causa, se observa que el ciudadano FREDDY OSWALDO GARCIA, parte demandante, en el Libelo de Demanda corriente al folio cinco (5) solicita Medida de Secuestro sobre el Vehículo de las Siguientes características: MARCA: KIA PICANTO; COLOR: ROJO; PLACA: GDA-32G; AÑO: 2008 y la ciudadana AHERLING JOSEFINA HIDALGO, parte demandada en su escrito de contestación corriente al folio (35) solicita medida de Secuestro igualmente, sobre el Vehículo: MARCA: CHEVROLET; MODELO: CORSA; PLACA: DBJ-57H; AÑO: 2002, propiedad de la Comunidad de Gananciales; razón por la cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: SIN LUGAR la solicitud de Medida de Secuestro solicitada por el ciudadano FREDDY OSWALDO GARCIA, en virtud de haber sido demostrado en Autos mediante documento Público debidamente Autenticado corriente a los folios 61 y 62 de la presente causa, que el Vehículo antes descrito no es propiedad de la Comunidad de Gananciales y en dicho documento figuran como propietario los ciudadanos YEXABETH DEL VALLE HIDALGO y HECTOR PROTACIO HIDALGO. Segundo: Se DECRETA CON CARÁCTER PROVISORIO, Medida de Secuestro sobre Vehículo de las siguientes características: MARCA: CHEVROLET; MODELO: CORSA; PLACA: DBJ-57H; AÑO: 2002, COLOR: VERDA; CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERIA: 8Z1SC51612V312632; SERIAL MOTOR: 12V312632, propiedad del ciudadano FREDDY OSWALDO GARCIA PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° 3.364.728; de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se comisiona al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio San Fernando y Biruaca de esta circunscripción Judicial. Y ASÍ SE DECIDE.- Cúmplase.
La Juez.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario Temp.,
Abg. HOMER LORETO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
El Secretario Temp.,
Abg. HOMER LORETO
Exp. N° JJ-92-523-11.- MC/HL/yuliec.-
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