REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 11 de Mayo de 2011.
EJECUCIÓN DE SENTENCIA
CAUSA Nº 1E-2284-11.
JUEZ: ABG. YULI BALI ARVELO
FISCAL: SÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSOR: ABG. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO
PENADO: ALFONZO RAMOS CARLOS EDUARDO
SECRETARIO: ABG. MARIA GABRIELA FERRER
DELITOS: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia condenatoria, dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de Septiembre de 2010, corriente a los folios doscientos setenta y cuatro (274) al doscientos setenta y ocho (278) mediante la cual se condena al ciudadano: ALFONZO RAMOS CARLOS EDUARDO, titular de la cedula de identidad Numero V-13.204.401, natural de Guachara estado Apure, nacido en fecha 05-07-1972, venezolano, mayor de edad, de estado civil: casado, de profesión u oficio: Obrero, residenciado: Sector la Ranchería, casa S/N, San Juan de Payara, Municipio Pedro Camejo, estado Apure, o en el Centro de Rehabilitación Hogar Victoria, Vía Arichuna, en el Estado Apure; a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de Luís Alberto Mejias Bolívar, titular de la cedula de identidad Nº V-17.201.133.
Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el cómputo respectivo de cumplimiento de pena que recae en contra del prenombrado ciudadano.
• Detenido Desde: 20-10-2009 hasta el día de hoy 11-05-2011.
• Tiempo Cumplido: Un (01) año, seis (06) meses y veintiuno (21) días.
• Tiempo por Cumplir: Diez (10) años, cinco (05) meses y nueve (09) días.
• Fecha en que Cumple la Pena: ----------------------20-10-2021.
• Destacamento de Trabajo(¼ parte de la pena): ---20-10-2012
• Régimen Abierto(1/3 parte de la pena): -------------20-10-2013
• Libertad Condicional(2/3 partes de la pena): ------20-10-2017
En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso, le procede en las fechas anteriormente mencionadas al penado: : ALFONZO RAMOS CARLOS EDUARDO, titular de la cedula de identidad Numero V-13.204.401, natural de Guachara estado Apure, nacido en fecha 05-07-1972, venezolano, mayor de edad, de estado civil: casado, de profesión u oficio: Obrero, residenciado: Sector la Ranchería, casa S/N, San Juan de Payara, Municipio Pedro Camejo, estado Apure, o en el Centro de Rehabilitación Hogar Victoria, Vía Arichuna, en el Estado Apure; a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de Luís Alberto Mejias Bolívar, titular de la cedula de identidad Nº V-17.201.133. Por último, por cuanto dicho penado, se encuentra privado de libertad; este Tribunal acuerda mantener dicha Medida, hasta tanto cumpla con los requisitos de ley para el otorgamiento de la alternativa al cumplimiento de pena que le corresponda. Igualmente fue condenado a cumplir la pena más las accesorias de ley, de las establecidas en el articulo 16 del Código Penal, en consecuencia remitir oficio al Consejo Nacional Electoral haciendo del conocimiento que se encuentra Inhabilitado Políticamente por el Tiempo que Dure la Condena
Notifíquese del presente cómputo al penado, para lo cual se librará la orden de traslado, particípese al Fiscal del Ministerio Publico, a la Defensa y practíquese las demás diligencias correspondientes. Diarícese. Publíquese. Ofíciese lo conducente al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GABRIELA FERRER.
Seguidamente y en esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GABRIELA FERRER.
Causa Nº 1E-2284-11.-
YBA/MGF/lo.
Dirección: Calle Comercio, cruce con calle Independencia, Edificio sede del Palacio de Justicia, primer piso, oficina del Tribunal Primero de Ejecución, Municipio San Fernando, Estado Apure Teléfono: 0247-3415964
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