REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
SOLICITUD: 2.011- 148.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS: IRMA JOSEFINA
MORALES DE FIRERA.-
SOLICITANTE: LORENA JOSEFINA FIRERA MORALES,
debidamente asistida por el Abogado
WILMER JOSE QUINTANA.-
FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 25 DE ABRIL DE 2.011.-
Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana LORENA JOSEFINA FIRERA MORALES, venezolana, mayor de edad, Casada, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 13.938.543, asistido por el Abogado WILMER JOSE QUINTANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 96.943, de este domicilio, quien ha solicitado ante este Tribunal se declare conjuntamente con nuestro legítimo Padre SANTO FIRERA DELUCA, quien es venezolano, mayor de edad, con Cédula de identidad Nº V- 25.524.021 Esposo de la Difunta, así como en beneficio de sus legítimos hermanos, MARIA ANTONIETA FIRERA MORALES, YOVANNI CARLOS FIRERA MORALES y SANTO STEVENS FIRERA MORALES, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.238.361, V- 11.235.837 y V- 17.396.403 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: IRAIMA JOSEFINA MORALES DE FIRERA, quien fue de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.359.582, quien fallecido Ab-Intestato a los 59 años de edad, el día 15 de Octubre de 2.010, a las 1:30 p.m., en el Hospital Central de Maracay Estado Aragua.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos ROGER GERARDO PEREZ GARCIA y ACOSTA OSTO FRANCIS DEL VALLE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 31.560.176 y V- 4.138.879 respectivamente, ambos de este domicilio; quienes declararon: “Que si lo conocieron de vista, trato y comunicación desde hace varios”; “Que si la conocieron”; “Que si pueden dar fe”; “Que si saben y les consta”; “Que si les consta”.-
D I S P O S I T I V A
Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, Acta de Defunción certificada, Actas de Matrimonio Certificada, Acta de Nacimiento Certificada y las copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad, todos los anexos cursantes desde los folios 2 hasta 08 del presente expediente, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus: IRAIMA JOSEFINA MORALES DE FIRERA, suficientemente identificado, los ciudadanos MARIA ANTONIETA FIRERA MORALES, YOVANNI CARLOS FIRERA MORALES y SANTO STEVENS FIRERA MORALES, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanas: LORENA JOSEFINA FIRERA MORALES, SANTO FIRERA DELUCA, MARIA ANTONIETA FIRERA MORALES, YOVANNI CARLOS FIRERA MORALES y SANTO STEVENS FIRERA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.938.543, V- 25.524.021, V- 11.238.361, V- 11.235.837 y V- 17.396.403, respectivamente, todos de este domicilio, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus IRAIMA JOSEFINA MORALES DE FIRERA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:30 p.m., del día Once (11) del mes de Mayo de Dos Mil Once (2.011). Años 201º de la Independencia y 152º de la federación.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: ( ) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
EXP. N°. 2.011- 148.-
EJSM/pmsd/patiño.-
|