REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 09 de Mayo de 2011
201° y 152°
Vista la Solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO AREVALO TORRES, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. E- 84.176.004, de este domicilio, signada con el N°. 2.011- 185; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en una superficie de terreno propiedad del Solicitante, según COPIA CERTIFICADA DEL DOCUMENTO DE COMPRA- VENTA, protocolizado por ante la Oficina Inmobiliario de Registro Público del Municipio San Fernando, Estado Apure, anotado bajo el N°. 2009- 388, Folio Real, de fecha 26 de Octubre de 2.010, suscrito por la ciudadana Dra. SILVIA NANCY ZARATE, en su condición de Registrador Inmobiliario del Municipio San Fernando, Estado Apure, constante de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (154, M2), ubicado en el Barrio José Wilfredo Rodríguez III, Calle 5 de Febrero, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Familia Ceballo, en Siete Metros con Veinticinco Centímetros (07,25 mts); SUR: Calle 5 de Febrero, en Seis Metros con Cuarenta Centímetros (06,40 mts); ESTE: Casa del ciudadano Edgar Camaripano, en Veintidós Metros (22,00 mts), y OESTE: Parcela ocupada por la Familia Ochoa, en Veintidós Metros con Setenta Centímetros (22,70 mts), compuestas por Una (1) Casa de mampostería de Dos Plantas descritas de la siguiente manera: PRIMERA PLANTA. Tres (3) Habitaciones con sus respectivas Sala de Baño interno, Un (1) Garaje, Una (1) Sala- Cocina, Una (1) Sala- Comedor, Una (1) Sala de Recibo, Un (1) Pasillo de acceso a las habitaciones, Piso de cemento rustico, Techo de Platabanda, Paredes de Bloques frisadas y pintadas, Puertas y Ventanas de Hierro. SEGUNDA PLANTA: Tres (3) Habitaciones con sus respectivas Salas de Baño interno, Un (1) Balcón, Un (1) Pasillo de acceso a las habitaciones, Una (1) Sala- Recibo, Piso de cemento rústico, Techo de Acerolit, Paredes de Bloques, Puertas y Ventanas de Hierro, Bases con fundaciones de Concreto y Cabillas, tuberías de aguas blancas y negras totalmente empotradas., en las cuales se ha invertido la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano ANTONIO AREVALO TORRES, plenamente identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La…
Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio
del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
SOLICITUD N°. 11- 185.-
EJSM/pmsd/mder.-
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