REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE Nº 11-87
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
ROSA ISABEL BATA
NILCAR AMINTA CARDOZA ALVAREZ.







Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ROSA ISABEL BATA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.362.147, Venezolana, mayor de edad, asistida por la Abogada en ejercicio NILCAR AMINTA CARDOZA ALVAREZ., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 124.221, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: ROSA ISABEL BATA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.362.147, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por Tres (03) dormitorios, recibo, comedor, cocina, una sala de baño, porche, techo de acerolit, piso de cemento pulido, dos (02) dormitorios y un corredor de construcción, puertas y ventanas metálicas, cuenta con los servicios de luz, aguas blancas y servidas. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal que le fue otorgado, en calidad de Arrendamiento presentando Constancia de Arrendamiento expedido por la Sindicatura del Municipio Achaguas debidamente registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos bajo el N° 022, folios 063-064 de fecha 03 de Mayo de 2011, el mismo se encuentra ubicado en la zona Urbana sector Urbanización Raúl Leoni; Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure en una superficie de DOCE METROS DE FRENTE POR VEINTITRÉS METROS DE FONDO (12X23), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle José Ángel Montenegro; SUR: Casa de la Familia Reyes Parra; ESTE: Casa de Omaira Blanco; y OESTE: Casa de Omaira Delgado. El valor de las Bienhechurias es de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: ROSA ISABEL BATA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.362.147, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-87.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

LCDA. FANNY PÉREZ L.
En esta misma fecha, siendo las 2:30 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

LCDA. FANNY L. PEREZ LANDAETA
DR. WJPC/LCDA.FADEM-
SOLIC. Nº 11-87 (TÌT. SUPLT.)
24-05-2011.-