REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE Nº 11-80
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
EYIRDA JOSEFINA PEREZ.-
LUIS ALBERTO PULIDO







Vista la solicitud presentada por la ciudadana: EYIRDA JOSEFINA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.937.935, Venezolana, mayor de edad, asistida por el Abogado en ejercicio: Luís Alberto Pulido., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 27.200 así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: EYIRDA JOSEFINA PÉREZ titular de la Cédula de Identidad Nº 6.937.935, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por una (01) Casa de Construcción mampostería, paredes de bloques, Tres (03) HABITACIONES, Una (01) Cocina Empotrada, Un (01) Comedor, Un (01) Corredor, Un (01) Lavandero, Porche de Acerolit, Dos (1) Salas de Baño interno con todos sus accesorios, Piso de Cemento, Techos de acerolit, cuatro (4) ventanas panorámicas con rejas Metálicas, Cuatro (04) Puertas de hierro, un (01) pozo de aguas blancas de perforación, Un (01) pozo séptico, cuenta con los servicios de Luz, Cerca perimetral en obra limpia y fachada principal con rejas metálicas. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal que le fue otorgado, en calidad de Arrendamiento presentando Constancia de Arrendamiento expedido por la Sindicatura del Municipio Achaguas registrado bajo el N° 099, folios 091-092 de fecha 10 de Marzo de 2011, debidamente registrado inmobiliario quedando inserto bajo el N° 32, Tomo II, de los Libros de Autenticaciones llevados por ésa oficina en el año 2009; el mismo se encuentra ubicado en la zona Urbana Sector Parroquia Mucuritas, Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de QUINCE METROS DE FRENTE POR VEINTICINCO METROS DE FONDO (15X25), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Aramendy; SUR: Ejidos Municipales; ESTE: Casa de Josefina Rivas; y OESTE: Casa de Delia Oviedo. El valor de las Bienhechurias es de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: EYIRDA JOSEFINA PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.937.935, venezolana, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-80.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintisiete (27) días del mes de Mayo del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA

ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
En esta misma fecha, siendo las 12:30 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA

ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.
DR. WJPC/LCDA.FADEM-
SOLIC. Nº 11-80 (TÌT. SUPLT.)
27-05-2011.-