En el día de hoy, diecinueve (19) de mayo de mayo de 2011; Siendo las 8:30 am de la mañana, conforme a lo acordado en el auto anterior se traslado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE y se constituyó siendo las 9:00 am específicamente en los terrenos que conforman el Fundo denominado “Marañon” ubicado en la jurisdicción del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure; a fin de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado del Municipio Pedro Camejo de esta Circunscripción Judicial para practicar la Inspección Judicial, formulada por el ciudadano: YUNI LEONEL HERNANDEZ NARANJO, quien es venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 12.321.213 debidamente asistido por el abogado en ejercicio legal VICENTE OSCAR LEONE M., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.621.224, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.888. Se encuentra presente una comisión policial integrada por tres (03) funcionarios. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del despacho de comisión al ciudadano JOSE A. HERNANDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.236.849; quien manifestó ser el administrador y dueño del Fundo “Marañon”. Acto seguido, el solicitante requiere el derecho de palabra y concedidole como fue expreso: “Solicito al Tribunal se designe como experto en ganadería al ciudadano: HERNANDEZ VARGAS ANIBAL RAMOS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.521.467, quien estando presente acepto el cargo para el cual fue designado y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes a dicho cargo. Así mismo, el tribunal designo como practico fotógrafo al ciudadano: BOLIVAR LUIS MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.576.387 y con domicilio en la ciudad de san Fernando de Apure Estado Apure; quien estando presente acepto dicha designación y juró cumplir fiel y cabalmente con los deberes inherentes al cargo. Seguidamente el Tribunal autorizo al práctico fotógrafo ciudadano: BOLIVAR LUIS MANUEL plenamente identificado para que tome veinte (20) fotografías en el lugar a Inspeccionar de acuerdo a los cuatro (04) particulares que se especifican en la presente solicitud con una cámara fotográfica: Marca: OLYMPUS; Modelo: STYLUS 720 SW; fijándose un término de cinco (05) días hábiles para que dicho practico consigne ante la sede de este Tribunal los resultados de los mismos. Acto seguido el Tribunal pasa a cumplir su cometido haciéndolo en los términos siguientes: en lo referente AL PARTICULAR PRIMERO: el Tribunal deja constancia de que en el sitio denominado Fundo “Marañon” las personas que habitan en el mismo son los ciudadanos: VELAZQUEZ GONZALEZ PEDRO MANUEL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.591.119, en su condición de encargado del mencionado fundo y la ciudadana PARRA PAEZ ARELYS MARGARITA, quine en venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.256.646, en su condición de esposa del encargado quien realiza los oficios del hogar. AL PARTICULAR SEGUNDO: el Tribunal deja constancia que el inmueble en el cual se encuentra constituido está estructurado en construcción de mampostería; una casa tipo quinta, techo de acerolit con estructura de hierro, porche de platabanda, puerta principal de hierro con vidrios y ventanas, piso de cemento, dos (02) habitaciones, sala cocina con un anexo de hierro con zinc y alambre de gallinero, un (01) baño de paredes de bloques de cemento, un (01) molino en funcionamiento; una (01) bomba de mano con un (01) dinamo eléctrico Hp1, además una (01) tanquilla y un (01) aljibe; cercas con estantes de madera con cinco (05) pelos de alambre de púas con sus respectivos corrales y una becerrera techada con puertas de hierro; ubicada del lado derecho de la casa principal se encuentran tres (03) corrales con cercas de estantillos de madera y alambre de púas de cinco (05) pelos de alambre. AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal solicita al experto en ganadería prestar el asesoramiento de rigor para la práctica de la presente Inspección Judicial. Seguidamente dicho Tribunal pasa a dejar constancia detallada de la cantidad de semovientes que se encuentran pastando dentro del fundo “Marañon” y en virtud de la existencia de varios hierros quemadores, este Tribunal los describe de manera de tallada de la forma siguiente: el ciudadano JOSE DE LA CRUZ HERNANDEZ, con el hierro quemador: las cantidades descritas de la siguientes forma: Vacas parias: 52 y 52 becerros; Vacas horras: 40 , Mautas: 08, Mautes: 23, Novillas: 22, Toros: 03, Orejanos: 17 y un caballo (01) para un total de semovientes de doscientos diecisiete (217) de diferentes características. El ciudadano JOSE A. HERNANDEZ anteriormente identificado y con el hierro quemador: las siguientes cantidades: Vacas parias: 06 y 06 becerros; Vacas horras: 05, Mautas: 06, Mautes: 02, Novillas: 07, para un total de semovientes de treinta y dos (32) de diferentes características. El ciudadano NORMA HERNANDEZ con el hierro quemador: las siguientes cantidades descritas de la forma siguiente: Vacas parias: 08; Vacas horras: 04 , Mautas: 08, Mautes: 01, Novillas: 04, para un total de semovientes de treinta y tres (33) de diferentes características. El ciudadano: RAMON RANGEL, con el hierro quemador: las siguientes cantidades descritas: Vacas parias: 05; Vacas horras: 14, Mautas: 03, Novillas: 08, para un total de semovientes de treinta y cinco (35) de diferentes características. El ciudadano JOSE MARTIN HERNANDEZ con el hierro quemador: las siguientes cantidades descritas en la forma siguiente: Vacas parias 01 con un becerro, Vacas horras 02, Mautas: 03, Mautes 01, Novillas 02 para un total de semovientes de diez (10) de diferentes características. El ciudadano MANUEL VELASQUEZ anteriormente identificado con el hierro quemador: las siguientes cantidades descritas: Vacas horas: 01, Mautas: 02, Novillas: 03, para un total de seis (06) semovientes de diferentes características. La ciudadana MARIA LUISA SILVA con el hierro quemador: las siguientes cantidades descritas de la forma siguiente: Vacas parias 03, Vacas horas 01, Mautas: 01, Novillas: 01 para un total de semovientes de diferentes características de nueve (09). AL PARTICULAR CUARTO: El Tribunal deja constancia que el solicitante no hizo uso del derecho a señalar otra circunstancia en la presente solicitud. No siendo otra la misión del Tribunal se acuerda el regreso a su sede natural. Siendo las 1:00 pm de la tarde. Es todo, termino, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ EJECUTOR
Abg. PAULA CONSUELO GRAU ROMERO
LA SECRETARIA
Abog. ANTONIA SOLORZANO
EL ALGUACIL TEMPORAL
JOSE ANTONIO CORDOVA LAYA
EL SOLICITANTE
YURI HERNANDEZ
EL ABOGADO ASISTENTE
Abog. VICENTE OSCAR LEONE M
EL NOTIFICADO
JOSE A. HERNANDEZ
LOS PRACTICOS DESIGNADOS
LOS FUNCIONARIOS
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