REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia




Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 03 de Noviembre de 2011
200º y 151ª

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-14.821-11
IMPUTADO: MARLY MARGARITA MARTINEZ DE BOHORQUEZ
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
DELITO: LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN
PROCEDENCIA: FISCALIA DÉCIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.



Visto que en fecha 17-12-2.010, se recibe la presente solicitud de sobreseimiento que planteara las ciudadanas ABG. NANCY YANELA RUIZ TOLOSA Y HERMELINDA JOSEFINA GAMEZ, Fiscales Segunda del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, Solicitando a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-14.821-11, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F10-0172-10, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: MARLY MARGARITA MARTINEZ DE BOHORQUEZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 01-10-2.010, con respecto a denuncia de fecha 30-09-2010 interpuesta por la ciudadana: ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 11.477.669, en el cual expone “…comparezco por ante este despacho a fin de denunciar que el día 29 de septiembre de este año en curso, se presento por ante la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, el ciudadano: DULIO PIÑERO, propietario del estacionamiento “El Múltiple”, manifestando que en fecha 20 de mayo de 2010, hizo entrega al ciudadano: FRANCISCO JOSÉ CAMPERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.228.498, de un vehículo automotor con las siguientes características: MARCA: TOYOTA, MODELO: AUTANA, CALSE: CAMIONETA, COLOR: BEIGE, TIPO: SPORT WAGON, USO: PARTICULAR, AÑO: 2000, PLACAS: MBX-97Z, SERIAL DE CARROCERIA: 8XA11UJ80Y8019791, SERIAL DE MOTOR: 1FZ0578490¸ por instrucciones presuntamente señaladas por la Fiscalia Primera con oficio Nº 04-F10-0984-10 relacionada con la Causa 04-F1-0140-10… así mismo el ciudadano DULIO PIÑERO, manifestó que posteriormente a la entrega de dicho vehículo se presento por ante el estacionamiento a su cargo un ciudadano quien dijo llamase DAVID PÉREZ, apoderado judicial del ciudadano QUIVAS, requiriendo información sobre la entregado del vehiculo en referencia, exhibiendo el poder autentificado que lo faculta como administrador, razón por las cuales el ciudadano DULIO PIÑERO se dirigió al despacho fiscal de la denunciante a fin de aclarar la situación, colocándole a l a vista oficio antes señalado, ante el cual la Dra. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, asevera que la firma que aparece en el oficio en cuestión, no fue manufacturada por su persona, a pesar de que aparecía su nombre como la Fiscal que orden a la entrega, con sello húmedo presuntamente y formato de la Fiscalia Primera del Ministerio Público…trasladándose hasta la Fiscalia Primera para entrevistarse con la Dra. JOSELYN RATTIA COLINA, en su condición de Fiscal Provisorio de ese despacho, quien personalmente verifico los libros de registros de objetos entregados, libros de correspondencia, y el sistema computarizado de diario; y constato que no riela acta de entrega de vehículo mencionado, y que además no concordaban los números de causas y oficio que aparecen reflejados con los asignados a la Fiscalia Primera sin embargo efectivamente cursa investigación penal Nº 04-F1-0040-10, iniciada en fecha 12-01-2010.

Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Fiscal Segunda Auxiliar del Ministerio Público, ABG. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del se concluyo que fue imposible incorporar verdaderos elementos que fundamenten que la conducta desplegada por esta ciudadana va en contravención a lo establecido por el legislador, como conducta punitiva, aunado a que no existe precisión en los hechos de modo puntual, serio, responsable y fundado que orientara la investigación sobre la ocurrencia de delito alguno considerados por el legislador patrio como punibles y reprochables plenamente por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-14.821-11, seguida en contra del imputado: MARLY MARGARITA MARTINEZ DE BOHORQUEZ, por la presunta comisión del delito de: LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN, en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA

LA SECRETARIA

ABG. NANCY LUGO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. NANCY LUGO













Causa N° 1C-14.821-11
EMB/Josean.-