REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE Nº 11-217
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
OMAR ANTONIO FALCON FALCON
LUIS ALBERTO PULIDO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: OMAR ANTONIO FALCON FALCON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.004.882 asistido por el Abogado en ejercicio: Luis Alberto Pulido., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 27.200, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: OMAR ANTONIO FALCON FALCON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.004.882,. domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, sobre una Bienhechurias Constituidas por una (01) casa de construcción de mampostería, paredes de bloques, cuatro (04) habitaciones, Un (01) Comedor, Una (01) Cocina Empotrada, un (01) Porche con techo de Acerolit, Un (01) Corredor con techo de zinc, Una (01) Sala Recibo, Una (01) Sala de Baño interno con todos sus accesorios, Una (01) Sala de Baño Externo con todos sus accesorios, Techo de Acerolit, Un (01) lavandero, Pido de Cemento Pulido, Ventana Metálica con protectores, Puertas de Hierro, un (01) pozo de aguas blancas de perforación de 18 mts, Un (01) pozo séptico de 3x3, cuenta con los servicios Luz, cercada totalmente con alambre púa y estante de madera. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal ubicado en la Zona Urbana Sector Los Matapalos, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, con una extensión de: CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450 Mts2) que poseo en calidad de Arrendamiento según constancia de Tramitación de Arrendamiento otorgada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Mencionado Municipio, de fecha: 19 -10 - 2011, del cual anexo en la presente solicitud, y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno de Carmen Herrera; SUR: Terreno de Carmen Herrera y Entrada, ESTE: Callejón OESTE: Terreno de Julio Rugieron. El valor de las Bienhechurias es de: CINCUENTA Y SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 57.000, oo) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano: OMAR ANTONIO FALCON FALCON, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.004.882, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-217.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, al Primer (01) día del mes de Noviembre del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. NATALIA B. ACOSTA L.
En esta misma fecha, siendo las 2:40 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. NATALIA B. ACOSTA L..
DR. WJPC/LCDA. FLPL.-
SOLIC. Nº 11-217 (TÌT. SUPLT.)
01-11-11.-
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