República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
En su Nombre
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
Sede Guasdualito
201º y 152º
PARTES: Ingrid Carolina Garzon Bravo, Colombiana, adolescente, soltero, de ocupación u oficio Estudiante, domiciliada en el Barrio Villa Páez, entrada por la ETI, casa S/N, casa de la Misión Robinsón, en Guasdualito, Municipio Páez del Estado Apure; actuando en nombre y representación de su hija (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de un (1) año de edad, asistida de la Defensora Pública Adscrita al Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Abogada Rosa Yajaira Gutierrez y la ciudadana Nancy Celina Carrillo Blanco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.012.179, soltera, de profesión Licenciada en Educación, domiciliada en la Avenida Principal de Las Carpas casa N° 84, EN Guasdualito, Municipio Páez del Estado Apure.
MOTIVO: Desistimiento de Colocación Familiar.
SENTENCIA: Interlocutoria con Cáracter Definitivo.
ASUNTO: CP21-V-2011-000063.
Consta diligencia en autos diligencia de la ciudadana Ingrid Carolina Garzon Bravo, asistida de la Defensora Pública Adscrita al Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Abogada Rosa Yajaira Gutierrez, mediante la cual expuso: “Ciudadana Juez, Desisto del Presente procedimiento, por cuanto la señora Nancy Celina Carrillo Blanco, me entregara a mi hija la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en este mismo momento , ya que tengo un hogar formado y le puedo brindar todo lo necesario para su crecimiento y desarrollo”. El tribunal visto el desistimiento de la presente acción por la parte demandante ciudadana Ingrid Carolina Garzon Bravo, asistida de la Defensora Pública Adscrita al Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Abogada Rosa Yajaira Gutierrez. El Tribunal le imparte la correspondiente Homologación al Desistimiento antes expresado, dando por consumado el acto, y procediéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así Se Decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diecinueve (19) días del mes de Octubre del año dos mil once (2.011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Annabella Franco M.
La Secretaria,
Abg. Delimar Paola Palacios
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las 3:00 horas de la tarde y se dejó copia certificada para el Archivo del Tribunal.
Abg. Delimar Paola Palacios
La Secretaria
AFM/PP.
Asunto CP21-V-2011-00063.
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