REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DE LOS ESTADOS APURE Y AMAZONAS

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO. San Fernando de Apure, 05 de Octubre de Dos Mil Once (2.011).

201º y 152º

Por cuanto quien suscribe el presente auto, fue juramentada como Jueza Provisoria Superior Agraria del Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas a partir del 12 de Agosto del 2.011, conforme designación hecha por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 20 de mayo del 2.011, debidamente convocada y juramentada. En este acto, me ABOCO al conocimiento de la solicitud sobre la admisibilidad del presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DE EFECTOS, ejercido por la ciudadana PAULA ELENA MAYAUDON GRAU, titular de la cedula de identidad Nº 8.154.491, en su carácter de presidenta de la Sociedad Mercantil “Agropecuaria Platanales C.A”, debidamente asistida por el abogado Roger Morillo Lizardo, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 24.536, contra el acto administrativo mediante el cual presuntamente se le otorgó Carta Agraria o Registro Agrario por la Oficina Regional ORT- Apure, al ciudadano EL HINNAUOI EL ATRACHE NASSER ASSAD, titular de la cedula de identidad Nº 8.140.691, sobre un lote de terreno denominado Finca “San Andrés”, propiedad de la referida Sociedad Mercantil, en tal sentido tomo conocimiento de los autos, a los fines de proveer, una vez que conste en autos la última de las notificaciones y transcurrido como fueren los tres (3) días de despacho que se les conceden a las partes intervinientes del juicio, a fin de allanarme si existe inhibición o recusarme, conforme a lo establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena notificar a las partes de dicho abocamiento. Líbrense oficios.

DIOS Y FEDERACIÓN

Abgada. MOUNA AKIL HASNIEH
LA JUEZ SUPERIOR AGRARIO

Abgada. MARY GRATEROL PETTI
LA SECRETARIA


Exp. Nº4.931.
MAH/MGP/af.