REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 11 de Octubre de 2010
200º y 151°
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-14.741-11
IMPUTADOS: FUNCIONARIOS ADSCRITOS A LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA DEL ESTADO APURE (POR IDENTIFICAR PLENAMENTE) VICTIMA: CARLOS ALFREDO PERERA (NO POSEE MAS DATOS)
DELITO: LESIONES PERSONALES
PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el abogado Dr. CARLOS LUIS TORRES RODRIGUEZ, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-14-741-11, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F7-0144-05, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: FUNCIONARIOS ADSCRITOS A LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA DEL ESTADO APURE POR IDENTIFICAR PLENANMENTE, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, en fecha 13-10-2005, por denuncia formulada por el Ciudadana: ALINA MARIA MATUTE, en la que manifestó lo siguiente: “
El día de ayer como a las dos y media de la tarde se presento una comisión de la policía del estado a mi casa… con mas o menos nueve los primeros pero después llegaron mas como treinta… quienes llegaron con el fin de llevarse a mi sobrino porque el anteriormente había sido victima de la ciudadana de nombre Aura Rosa Laya de Matute, quien le hecho (SIC) gasolina y le intento rayar un fósforo, fue allí donde mi sobrino de nombre Carlos Alfredo Perera, de 29 años de edad, le intento meter el palin por la cabeza a la antes mencionada… entonces como ella denuncio eso, los policías llegaron entraron a mi casa sin mediar palabras, sin una orden de allanamiento para llevarse a mi sobrino por las fuerzas y esposado, a la a la esposa de mi nietota empujaron, mi nieto el cual es hijo de mi yerna lo apuntaron y a otro nieto mío el es enfermo lo batieron contra la pared, luego montaron a mi sobrino a la patrulla y luego de haberlo golpeado en la cocina lo terminaron de golpear dentro de la patrulla…” Es todo
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por Dr. CARLOS LUIS TORRES RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado el fiscal concluyo lo siguiente: visto el análisis de los hechos narrados se observa la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas sancionado en el articulo 415 de Código Penal Vigente.
Sin embargo, no consta de auto resultados de un reconocimiento medico legal practicado a la victima: CARLOS ALFREDO PERERA, ya que no acudió a esos servicios, medio este necesario para demostrar la comisión del hecho punible y determinar la gravedad de las lesiones ocasionadas, debido al considerable tiempo transcurrido pese habérsele ordenado en su oportunidad, y siendo el reconocimiento medico la madre de las pruebas para demostrar las lesiones de las victimas, no existen bases sólidas para imputar ni solicitar el enjuiciamiento de imputado alguno, por la comisión del delito investigado, y no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, por lo tanto no hay bases para solicitar el enjuiciamiento de imputado alguno, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-14-741-11, seguida en contra de FUNCIONARIOS ADSCRITOS A LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA DEL ESTADO APURE POR IDENTIFICAR PLENAMENTE, por la presunta comisión del delito: LESIONES PERSONALES en perjuicio de: CARLOS ALFREDO PERERA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO
EL SECRETARIO
ABG. DEYSY CASTILLO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. DEYSY CASTILLO
CAUSA N° 1C-14.741-11
EMB/FB.-