REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 18 de Octubre de 2011
200° y 151°
SOBRESEIMIENTO
CAUSA:
1C-14.349-11
IMPUTADO: NO HAY IMPUTADO
VICTIMA:
JOSE RIGOBERTO ARTAHONA ARCHILA (OCCISO)
DELITO:
CONTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA:
FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el Abg. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual como Acto Conclusivo de Investigación, solicita de declare EL SOBRESEIMIENTO de la causa N° 1C-14.349-11 nomenclatura de este Tribunal y 04-F2-0689-01 de esa Fiscalía; seguida al ciudadano: NO HAY IMPUTADO, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: La presente averiguación se inicia en fecha 27 de Abril del 2001, con ocasión a la Trascripción de Novedad, recibida por el Cuerpo Técnico de Policía Judicial de San Fernando Estado Apure, N° F-873.724, por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas; por cuanto en fecha 17-04-2001, en las novedades llevadas a diario por esa oficina, existe una en la cual se dejo constancia de haber recibido informe de parte del Funcionario Agente Girmer Díaz, operador 03, adscrito al Centro de Emergencia (171) con Sede en Defensa Civil de esta ciudad, que en la Urbanización Los Tamarindos, sector 01, cerca del Mercadito Los Tamarindos, en una residencia, se encuentra una persona ahorcada, quien en vida respondiera al nombre de JOSE RIGOBERTO ARTAHONA ARCHILA, desconociéndose mas datos al respecto.
Razón esta entonces por la que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ACUERDA: por considerarlo ajustado a derecho, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y en vista del principio de celeridad procesal no ve la necesidad de convocar al debate previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, para comprobar los motivos de la solicitud, ello conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser típico el hecho investigado. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA ÚNICO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Abg. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, en el carácter de FISCAL AUXILIAR SEGUNDO del MINISTERIO PUBLICO de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° 1C-14.349-11 porque el hecho imputado no es típico todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO
LA SECRETARIA,
ABG. DEYSY CASTILLO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado…………………
LA SECRETARIA,
ABG. DEYSY CASTILLO
Causa N° 1C-14.349-11
EMB/FB.-