REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 04 de Octubre de 2011.
Años: 201º y 152º
Revisada la presente causa, seguida al acusado DIAZ AGRINZONES BENJAMIN JONATHAN, titular de la cédula de identidad Nº 20.090.929, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con ocasión de la audiencia de depuración de escabinos que hubiere de celebrarse en la presente fecha, se hizo necesario hacer un recuento del presente asunto en aras de aplicar la última disposición adjetiva penal, que al respecto de los Tribunales Mixtos, entrare en vigencia en fecha 04 de Septiembre de 2009, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5930, la cual modificó entre otros el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:
Tercer Aparte del Artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado: Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el Juez o Jueza profesional constituirán el Tribunal de forma unipersonal…
En este sentido se verificó en la presente causa, que se le dio entrada a la misma por auto de fecha 08-02-2011 y se fijo sorteo para el día 21 de Febrero de 2011, se libraron las notificaciones.
En fecha 21 de Febrero de 2011, se realizo sorteo de escabinos y se fijo acto de constitución para el día 15-03-2011, a las 02:30 pm, se libraron las notificaciones.
El día 15 de Marzo de 2011, se difiere el acto de constitución de Tribunal Mixto, en virtud de la incomparecencia de los escabinos y se fijó acto de sorteo extraordinario para el día 29-03-2011, a las 08:50 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.
En fecha 29 de Marzo de 2011, se realizo sorteo de escabinos y se fija constitución de Tribunal mixto para el día 07 de Abril de 2011, a las 03:00 pm, se libraron las notificaciones.
En fecha 07 de Abril de 2011, se difiere por auto de esa misma fecha en virtud de que el Tribunal se encontraba constituido en Juicio Oral en la causa 1M-539-10 iniciado con antelacion y se fijo nueva oportunidad para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 09 de Mayo de 2011, a las 03:00 pm, se libraron las notificaciones.
En fecha 09 de Mayo de 2011, se difirió el acto de constitución de Tribunal Mixto en virtud de la incomparecencia de los escabinos y se fijo un Sorteo extraordinario para el día 19 de Mayo de 2011, a las 09:15 am, se libraron las notificaciones
En fecha 19 de Mayo de 2011, se realizo el Sorteo Extraordinario y se fijo acto de constitución de tribunal mixto, para el dia 07 de Junio 2011, a las 02:30 horas de la tarde, se libraron las notificaciones.
En fecha 07 de Junio de 2011, se difiere por auto de esa misma fecha en virtud de que el Tribunal se encontraba constituido en Juicio Oral en la causa 1M-495-09 iniciado con antelacion y se fijo nueva oportunidad para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 14 de Julio de 2011, a las 10:30 am, se libraron las notificaciones
En fecha 14 de Julio de 2011, se difiere por auto de esa misma fecha en virtud de que el Tribunal se encontraba constituido en Juicio Oral en la causa 1M-495-09 iniciado con antelacion y se fijo nueva oportunidad para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 04 de Agosto de 2011, a las 10:30 am, se libraron las notificaciones
En fecha 04 de Agosto de 2011, se difirió el acto de constitución de Tribunal Mixto en virtud de la incomparecencia de los escabinos y se realizo un Sorteo extraordinario y se fija nueva fecha para la constitución de Tribunal Mixto para el día 22 de Agosto de 2011, a las 11:00 am, se libraron las notificaciones
En fecha 16 de Septiembre de 2011, se difiere por auto de esa misma fecha en virtud del Receso Judicial establecido por resolución Nº 2011-0043 emanada del Tribunal Supremo de Justicia y se fijo nueva oportunidad para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 04 de Octubre de 2011, a las 09:00 am, se libraron las notificaciones
Siendo la oportunidad legal para celebrar la constitución del Tribunal Mixto, no comparecieron los ciudadanos seleccionados como escabinos que se requieren; razón por la cual, siendo la Tercera convocatoria, se hace procedente la aplicación de la Ley de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 164, publicada en la Gaceta Oficial mencionada Ut Supra, publicada en fecha 04 de Septiembre de 2009, que dispone, que realizadas efectivamente dos convocatorias sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia de los escabinos, el Juez o la Jueza constituirá el tribunal de forma unipersonal, de lo que se infiere el carácter impositivo y no potestativo del Juez, y como el caso de marras, presentó como resultado la inasistencia del número completo de los escabinos necesarios, imposibilitando constituir formalmente el Tribunal Mixto por la ausencia de suplentes, es por lo que procede la constitución de forma unipersonal, siendo que lo dispuesto a través del presente auto avanza en pro de la finalización de la presente causa.
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, causa seguida contra el acusado DIAZ AGRINZONES BENJAMIN JONATHAN, titular de la cédula de identidad Nº 20.090.929, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra El Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con el Artículo 164 tercer aparte de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día Miércoles 24 de OCTUBRE de 2011 a las 02:00 PM; en virtud de la carga de trabajo que afecta a este despacho y el hecho cierto de que la agenda llevada por el mismo aparece copada en las fechas prevista a la oportunidad fijada, para lo cual habrá de librarse las boletas de notificación respectivas a los expertos y testigos que deban comparecer y hacerse la inscripción en los libros y carátulas que conformen la causa acerca de la nueva nomenclatura que en lo adelante será 1U-556-11. Notifíquese a la Coordinadora de Participación Ciudadana, Fiscalía 10 del Ministerio Público de la presente decisión. Cúmplase.-
La Juez de Juicio Nº 1,
DRA. ATAMAICA QUEVEDO MARIN
La Secretaria,
ABG. ANA KARINA RAMIREZ.
Seguido se cumplió lo ordenado en autos. Conste. Stria…………………………
La Secretaria,
ABG. ANA KARINA RAMIREZ.
CAUSA 1U-556-11
AQM/ANAK.