REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 06 de Octubre de 2011
ASUNTO: 1M 541-11
Corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, emitir pronunciamiento respecto de la solicitud interpuesta WASABI MICHAEL LIANG ABREU, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad personal Nº 21.004.616; asistido por el abogado en ejercicio Nelson Ascanio, en la presente causa quien alego entre otras cosas lo siguiente.-
“... Ahora bien , ciudadano Juez de control, la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL ( BS; 38:000,00), pertenece a mi representada, por ser producto de la comercialización de los bienes a que se refiere su objeto social, en la actualidad tal cantidad no es objeto de ningún tipo de controversia, ni resulta indispensable su deposito, portal razón de conformidad con lo establecido en el articulo 312 del código orgánico procesal penal, solcito acuerde hacerme entrega de la cantidad de dinero anteriormente indicada… . ….. ”
Este Tribunal, siendo la oportunidad procesal para emitir el Dictamen correspondiente, observa:
Que de la revisión de la causa, se constata que efectivamente existe una cantidad cierta de dinero en efectivo, suma que aparece referida en el acta cursante del folio Doscientos Ochenta y Uno (F: 281) al folio Seiscientos Cincuenta y Ocho (F: 658) del legajo contentivo de la causa.-
Que la norma señalada por la defensa a los fines de la entrega de lo querido, refiere al articulo 311 del copp, que estatuye la devolución de objetos, como regla para aquellos que han sido retenidos durante la investigación, refiriéndose tal norma al Ministerio Publico en primer lugar o al Tribunal de Control quien conoce como incidencia de la solicitud de las partes.- Destacándose en la presente causa ya se encuentra en la fase de Juicio en espera de celebración del Juicio Oral y Publico signada con el N° 1U 541-10.-
Que de lo expuesto anteriormente , se infiere que la fase u oportunidad procesal para la entrega de objetos, conforme a la norma señalada up supra, ya precluyó, y esta este tribunal determinado a la realización de Juicio Oral y Publico y la devolución de objetos recaerá tal como indica el articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal como efecto de la sentencia que ocurra al concluir la fase.-
En razón de las consideraciones precedentemente expuestas: se declara SIN LUGAR el requerimiento . Así se declara.
DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero del Circuito Judicial penal del Estadio Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano: WASABI MICHAEL LIANG ABREU, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad personal Nº 21.004.616; asistido por el abogado en ejercicio Nelson Ascanio, mediante la cual pidió de este Tribunal la devolución y entrega plena de la cantidad de Treinta y Ocho Mil bolívares fuertes (Bs. F. 38.000,00). Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.
JUEZA PRIMERO DE JUICIO.
AB. ATAMAYCA QUEVEDO MARIN
LA SECRETARIA
AB. ANAKARINA RAMIREZ
Seguidamente se dio cumplimiento al auto anterior.-
LA SECRETARIA
AB. ANAKARINA RAMIREZ
Exp. 1M-541-10.
AQ