REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 13 de Octubre de 2011
201° y 152°
Vista la Solicitud presentada por el ciudadano JHONNYS JOSE MORILLO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 16.528.255, domiciliado en el Barrio “9 DE DICIEMBRE”, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, signada con el N°. 2.011- 482; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad municipal, según AUTORIZACION emanada de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, SINDICATURA, en fecha 10 de Octubre de 2.011, suscrito por el ciudadano Abogado FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, en su condición de Síndico Procurador Municipal, constante de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (124,40M2), ubicado en el Barrio “9 DE DICIEMBRE”, Municipio San Fernando, Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con Patio de Dilia Martínez, en Trece Metros con Diez Centímetros (13,10 mts); SUR: Entrada Principal, en Seis más Siete con Diez Metros (6,00 + 7,10 mts); ESTE: Casa de Milagros Jiménez y Patio de Luís Martínez, en Doce más Cuatro Metros (12,00 + 4,00 mts), y OESTE: Patio de Elsa Carreño, en Dieciséis Metros (16,00 mts), consistentes en Una (1) Casa de habitación familiar, de construcción mampostería, Piso de Cemento pulido, Techo de Acerolit, Instalaciones Eléctricas Internas, cercada perimetralmente con paredes de bloques; constante de Dos (2) Habitaciones, Una (1) para dormitorio y otra Sala- Cocina, Una (1) Sala de baño con sus respectivos accesorios, Un (1) Garaje, Dos (2) Puertas de Hierro con Protectores, Dos (2) Puertas de Madera, Tres (3) Ventanas de Hierro con protectores y todos los servicios básicos, en las cuales se ha invertido la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano JHONNYS JOSE MORILLO JIMENEZ, suficientemente identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de:
( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
SOLICITUD N°. 11- 482.-
EJSM/pmsd/mder.-
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