REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE Nº 11-198
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
YAJAIRA DEL VALLE CADENAS
ROBIN MARTINEZ MOTA.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: YAJAIRA DEL VALLE CADENAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.868.330 asistida por el Abogado en ejercicio: Robin Martinez Mota., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 129.142, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: YAJAIRA DEL VALLE CADENAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.868.330, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, sobre una Bienhechurias Constituidas por UNA CASA DE HABITACION FAMILIAR, CON LAS SIGUIENTES DEPENDENCIAS; TRES 803) HABITACIONES CON SUS RESPECTIVOS CLOSET, UNA (01) COCINA, UN (01) COMEDOR, UN (01) RECIBO, UN (01) BAÑO, UN (01) GARAJE, Y PRESENTA LAS SIGUIENTES CARACATERISTICAS: PISO DE CEMENTO PULIDO, PUERTAS DE MADERA Y VENTANAS DE MACUTO CON SUS PROTECTORES, Y TECHO DE ASBESTO, PAREDES DE BLOQUE, RISADAS Y PINTADAS, TANQUE DE AGUA EXTERNA, POSO DE AGUAS BLANCAS, VARIEDAD DE ÁRBOLES FRUTALES EN GRAN PARTE DEL TERRENO, SERVICIO DE AGUA, LUZ Y ASEO, CERCA EXTERIOR DE MADRE Y ALAMBRE DE PUAS. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal ubicado en la Zona Urbana Sector; Los Módulos, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, con una extensión de: TREINTA Y NUEVE METROS DE FRENTE POR OCHENTA Y NUEVE METROS DE FONDO (39X89) que poseo en calidad de Arrendamiento según Constancia de Tramitación (Actualización) de Arrendamiento, expedida por la Secretaria de la Sindicatura Municipal, de fecha: 20-09-2011; el cual anexo en la presente solicitud, y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Callejón; SUR: Casa de Carmen Castillo; ESTE: Ejidos Municipales y OESTE: Calle Comercio. El valor de las Bienhechurias es de: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000, oo) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: YAJAIRA DEL VALLE CADENAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.868.330, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-198.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Trece (13) días del mes de Octubre del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
En esta misma fecha, siendo las 12:40 a.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.
DR. WJPC/LCDA. FLPL-
SOLIC. Nº 11-198 (TÌT. SUPLT.)
13-10-11.-
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