REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
SOLICITANTE: LOVAY BOUGHWI. -
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.
SOLICITUD: Nº S-437-11.-
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LOVAY BOUGHWI, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliada en la población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.245.425; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: LOVAY BOUGHWI, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Dos (02) Locales Comerciales, ubicados en el Sector “Alí Primera” de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, construidos con Materiales de Primera, y constan de: piso de cerámicas, paredes de bloques y techo de platabanda; con todos sus servicios de aguas blancas y negras, además de sistema eléctrico interno.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz del Estado Apure, según consta en Constancia de Tramitación de Contrato de Arrendamiento, emitida por la Sindicatura del Municipio Muñoz en fecha 18-10-2.011; constante de diez (10) metros de frente por, Veintisiete punto ochenta metros cuadrados (27.80 mts2) de fondo, para un total de Doscientos setenta y ocho Metros Cuadrados (278 Mts²), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera Nacional Mantecal – El Samán; SUR: Residencias Ambiente; ESTE: Casa del señor Dennis Alvarado y OESTE: Local Comercial.- En las referidas bienhechurías el ciudadano LOVAY BOUGHWI, suficientemente identificado, hizo una inversión de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000,00), dinero este de su propio peculio, por ende fomentadas estas bienhechurías a sus únicas y propias expensas.-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal durante el año 2.011 bajo el Nº S- 437-11.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en Mantecal, a los Veinte (20) días del mes de Octubre del año dos mil Once (2011). AÑOS: 201° Y 152°.-
La Jueza.
Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria.
Abog. Teresa Y. Márquez de Laya
En la misma fecha siendo las 2:30 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abog. Teresa Y. Márquez de Laya