REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 21 de Septiembre de 2011
201° y 152°
Vista la Solicitud presentada por el ciudadano AUGUSTO JOSE ESPAÑA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el Sector “Las Mercedes”, Calle en proyecto, Casa S/N°., Municipio San Fernando, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.903.856, signada con el N°. 2.011- 422; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad municipal, según RENOVACION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EJIDO emanado de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, SINDICATURA, en fecha 21 de Julio de 2.011, suscrito por el ciudadano Abogado FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, en su condición de Síndico Procurador Municipal, anotado bajo el N°. 0003, Libro 02, en fecha 10 de Agosto de 2.011, y refrendado por el Funcionario Néstor Romero, constante de QUINIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (509,72M2), ubicado en El Sector “LAS MERCEDES”,Calle en Proyecto, Casa S/N°., Municipio San Fernando, Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle en Proyecto, en Veintiséis Metros con Diez Centímetros (26,10 mts); SUR: Parcela de Félix Romero, en Veinticinco Metros (25,00 mts); ESTE: Parcela de Carolina Zúñiga, en Diecisiete Metros con Sesenta Centímetros (17,60 mts), y OESTE: Callejón y Parcela de Jesús Morillo, en Veintidós Metros con Treinta Centímetros (22,30 mts), consistentes en Una (1) Casa propia para habitación familiar, con un área de construcción de Doce por Trece (12 x13), para un total de CIENTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN (156 M2); Construcción mampostería, Techo de Platabanda y Tabelones frisados, mezclillados y pintados, Dieciocho (18) Mechones para la construcción de un Segunda Planta; Una (01) Habitación de Seis por Seis (6 x 6) para un área de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (36 M2), y otra Habitación de un área de construcción de VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (24 M2), Una (01) Cocina Empotrada en baldosas con sus divisiones, Una (01) Sala- Comedor, Seis (06) Ventanas de Hierro y Vidrio, Un (01) Baño con sus respectivos enseres (Poceta, Lavamanos, Regadera etc.) Dieciocho (18) Columnas de concreto Armado para la construcción de un corredor, Pisos de baldosas, Paredes Frisadas y Pintadas, Un (01) Lavadero, Un (01) Patio para áreas verdes, Un (01) Pozo Séptico, Una (01) Cerca perimetral con paredes de bloques, servicios de agua, teléfono, gas y Directv, en las cuales se ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano AUGUSTO JOSE ESPAÑA SUAREZ, suficientemente identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La…
Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de:
( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
SOLICITUD N°. 11- 422.-
EJSM/pmsd/mder.-
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