REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 20 de Abril de 2012
202º y 153º
Visto el pedimento suscrito por los ciudadanos RAMON ENRIQUE BACALAO MALPICA Y FLORA ANTONIA MUÑOZ RECHIDELL, debidamente asistido por el Abg, MIGUEL ANGEL BARRIOS inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.729, plenamente identificado en autos, y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20-03-2012, donde se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos RAMON ENRIQUE BACALAO MALPICA Y FLORA ANTONIA MUÑOZ RECHIDELL, venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad N° V-9.594.561 y 9.872.838, respectivamente, se ordena su ejecución. En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente expídase copias certificadas de la Sentencia y del presente auto. Cúmplase. Líbrese lo Conducente.-
La Jueza Prov.,
Dra. DULCE MEDINA
El Secretario Temporal,
Abg. HOMER LORETO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario Temporal,
Abg. HOMER LORETO
Exp. N° JMSS-3.115-12
DM/HL/Roberth