REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE

SOLICITUD: 12-582-

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA


PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DE CUJUS ELBA ISABEL
SERRANO BEROES.-

SOLICITANTE: CARMEN JOSEFINA SERRANO GONZALEZ, Debidamente
Asis por el Abog. AMILCAR GUEDEZ.-

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 13 DE JULIO 2.012.


Vista la anterior Solicitud, presentada por la Ciudadana CARMEN JOSEFINA SERRANO GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.669.056, asistida por el Abogado AMILCAR GUEDEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 97.668, quien ha solicitado ante este Tribunal se le declare, como UNICA y UNIVERSAL HEREDERA de la Decujus: ELBA ISABEL SERRANO BEROES, Quien fue venezolana, de 77 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-1.832.577, fallecida en el Hospital “Acosta Ortiz de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, el día 15 de Noviembre de 2.005. Oídas las declaraciones de los ciudadanos: RAUL MIQUEHIA GONZALEZ Y VIRGINIA TOMASA AQUINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.160.686 y 8.157.146, respectivamente, ambos de este domicilio; Quienes respondieron: “Si la conocí”; “si se y me consta”; “si se y me consta”; “me consta todo lo ante dicho por cuanto soy conocido de la solicitante desde hace muchos años”.-

D I S P O S I T I V A

Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias de la Acta de Nacimiento y Acta de Defunción acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la Decujus: ELBA ISABEL SERRANO BEROES, la Ciudadana CARMEN JOSEFINA SERRANO GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.669.056, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de la Ciudadana CARMEN JOSEFINA SERRANO GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.669.056, en su condición UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la Decujus: ELBA ISABEL SERRANO BEROES, Quien fue venezolana, de 77 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-1.832.577, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:00 a.m., del día Catorce (14) días del mes de Agosto del Dos Mil Doce (2.012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-

La Juez,


Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,
Abog. PETRA SILVA DIAMOND.


En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria,
Abog. PETRA SILVA DIAMOND.













EXP. N°. 12- 582.-
EJSM/psd/Yuling