REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 19 de Diciembre 2012
202° y 153°

CAUSA Nº 1Aa-2387-12
JUEZ PONENTE: JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 12-11-2012 por la Abg. MARIA ENRIQUETA SILVA DE DIAZ, en su propio nombre y representación, contra el pronunciamiento mediante el cual el 31-10-2012, el Juez 3° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. DAVID OSWALDO BOCANEY, al llevarse a cabo en la presente causa la audiencia a la cual se refiere el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada, resolvió sobre las pruebas ofrecidas por las partes. La Sala pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de la Defensa de conformidad con el artículo 450 eiusdem, en relación con el numeral 7 del artículo 447 ibidem, mas no por el numeral 5, toda vez que el pronunciamiento impugnado está expresamente establecido como recurrible en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada.

En cuanto a las pruebas ofrecidas por la Recurrente para ser incorporadas en esta incidencia, consistentes en: copia simple del acta de audiencia preliminar; copia del escrito de promoción de pruebas y copia simple de Expediente Nº 15.764, la Corte, respecto a las primeras, por cursar en las presentes actuaciones, considera inútil emitir pronunciamiento sobre su admisibilidad, ya que constituyen parte del proceso; y en relación a la última la declara inadmisible por no haberse indicado su pertinencia.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 450 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.

EL JUEZ PRESIDENTE


EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
EL JUEZ,
(Ponente)

JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ.



EL JUEZ,


VICTOR GARCIA FLORES.

LA SECRETARIA,


JESSICA GONZALEZ.
















EEC/JCGG/VGF/JG/Rosa M.
Causa N° 1Aa-2387-12