REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA-
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 21 de Diciembre de 2012.
201° y 153°
EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDO.
CAUSA Nº 1E-2675-12
LA JUEZ: ABG. RAQUEL LAYA.
FISCALIA: FISCALIA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO APURE.
DEFENSA PRIVADA: ABG. JUAN EVARISTO LOPEZ.
PENADO: ANTONIO CASILDO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad Nº V-8.781.076, fecha de nacimiento 03-01-1964, residenciado en la Calle Santa Isabel, Casa Nº 55-01, San Juan de los Morros. Estado Guarico.
SECRETARIA: ABG. YSMAIRA CAMEJO.
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16-05-2011, corriente a los folios Mil Trescientos Sesenta y Tres (1363) al Mil Trescientos Setenta y Ocho (1378) mediante la cual se condena al ciudadano: ANTONIO CASILDO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad Nº V-8.781.076, fecha de nacimiento 03-01-1964, residenciado en la Calle Santa Isabel, Casa Nº 55-01, San Juan de los Morros. Estado Guarico, a cumplir la pena de VEINTINUEVE (29) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 84 ordinal Nº 3º, en concordancia con el articulo 406 ordinal 3º ambos del Código Penal Venezolano.
Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el cómputo respectivo de la pena que recae en contra del prenombrado ciudadano.
PENADO: ANTONIO CASILDO VILLALOBOS.
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO
PENA IMPUESTA: VEINTINUEVE (29) AÑOS DE PRISIÓN.
FECHA DE LA DETENCIÓN: DESDE EL 23-10-2008 HASTA LA PRESENTE FECHA.
TIEMPO DETENIDO: CUATRO (04) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS DE PRISIÓN.
FALTA POR CUMPLIR: VEINTICUATRO (24) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DOS (02) DÍAS DE PRISIÓN.
CUMPLE LA PENA 23 DE OCTUBRE DEL 2037.
BENEFICIOS PROCEDENTES EN LAS FECHAS: DESTACAMENTO DE TRABAJO: 23-01-2016
RÉGIMEN ABIERTO: 23-06-2018.
LIBERTAD CONDICIONAL: 23-02-2028.
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