REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 03 de Diciembre de 2012.
201° y 153°
EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDO.
CAUSA Nº 1E-2660-12
LA JUEZ: ABG. RAQUEL LAYA.
FISCALIA: FISCALIA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO APURE.
DEFENSOR PUBLICO: ABG. ALLAN UVIEDO.
PENADO: ANIBAL ZANDANETH AÑEZ UVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.823.916, residenciado en el Barrio San Luís, Calle Principal, Casa S/N, Municipio San Fernando, Estado Apure.
SECRETARIA: ABG. YSMAIRA CAMEJO.
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30-10-2012, corriente a los folios de la Causa Original numero Mil doscientos cincuenta (1250) al Mil doscientos cincuenta y cuatro (1254) mediante la cual se condena al ciudadano: ANIBAL ZANDANETH AÑEZ UVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.823.916, residenciado en el Barrio San Luís, Calle Principal, Casa S/N, Cerca de la Cancha Deportiva, Municipio San Fernando, Estado Apure, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de Los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 y 277 del Código Penal Venezolano vigente para la época en que ocurrieron los hechos.
Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el cómputo respectivo de la pena que recae en contra del prenombrado ciudadano.
Penado: ANIBAL ZANDANETH AÑEZ UVIEDO.
Delito: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
Pena Impuesta: OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN
Fecha de la Detención: DESDE EL 18-06-2008 HASTA LA PRESENTE FECHA
Tiempo Detenido: CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN.
Falta por cumplir: TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN.
Cumple la Pena 18 DE JUNIO DE 2016.
Beneficios Procedentes en las fechas: Destacamento de Trabajo: Le procede actualmente.
Régimen Abierto: Le procede actualmente.
Libertad Condicional: 18-10-2013.
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