REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO de CONTROL
San Fernando de Apure, 20 de Enero de 2012.-
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-14.483-11
IMPUTADOS: CARLOS RAMON BERMUDEZ, JESUS DANIEL PALMA CORONA Y JOSE RAFAEL CASTILLO MARTINEZ.
VICTIMA: OVIDIO SENOVIO CORTEZ.
DELITO: BENEFICIO DE GANADO.
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO (04-001-0711-02).
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la ciudadana ABG. JOSELIN JOZARE RATTIA COLINA, en su carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3º Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa seguida a los imputados: CARLOS RAMON BERMUDEZ, JESUS DANIEL PALMA CORONA Y JOSE RAFEL CASTILLO MARTINEZ; la presente investigación se inicia en fecha 08-05-2002, del acta policial suscrita por los funcionarios TTE. (G.N.) EDGAR GARCIASIRIT, DTG. TOVAR SALAME WLADIMIR Y EL GNAL. ESPINOZA ITALO MIGUEL, adscritos al Comando de Vigilancia Costera, Estacionamiento de Vigilancia fluvial Nº 913, Estación de Vigilancia Fluvial Boquerones, quienes notificaron que el día 05-10-2002, que se encontraban haciendo patrullaje, ya que los mismos estaban de guardia a dos kilómetros de la población de Arichuna, donde tenían instalado el punto de control fluvial, quienes avistaron una embarcaron procediendo a detenerla y realizar la inspección donde encontraron 01 saco lleno de carne de ganado y les preguntaron a los ciudadanos en cuestión si tenían permiso de traslado de la carne y ellos les respondieron que no, además los ciudadanos ya habían arrojado al río 02 sacos de carne, por los hechos suscitados los funcionarios procedieron a realizar la detención de los sujetos de nombres: CARLOS RAMON BERMUDEZ, JESUS DANIEL PALMA CORONA, JOSE RAFAEL CASTILLO MARTINEZ. Corresponde entonces a la vindicta pública, por mandato constitucional, iniciar las respectivas investigaciones que logren determinar la comisión de algún hecho o acto ilícito, concluyendo el mismo, tal como lo plasma en su acto conclusivo: “Ahora bien, del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación nos encontramos en presencia del delito de BENEFICIO DE GANADO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley de Protección de la Actividad Ganadera, vigente para la fecha de la ocurrencia del hecho….. establecida la corporeidad del hecho punible investigado, se observa que se cometió en fecha 05-10-2002 y el mismo tiene una prescripción a los cinco (05) años, habiendo transcurrido hasta la presente fecha un tiempo igual al de nueve (09) años, que es mas del tiempo establecido en nuestra legislación para que opere la prescripción de la acción penal y en consecuencia su extinción, por lo que en tal sentido lo procedente y ajustado a derecho, es solicitar el sobreseimiento de la presente investigación, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 Ord º3 del Código Orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción penal ”
Verificada como ha sido la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 3º, en consecuencia el sobreseimiento de la causa. Lo procedente sería declarar con lugar el pedimento presentado por la Vindicta Pública, y así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, en virtud de que en la presente causa existe un incumplimiento de los requisitos de procedibilidad para intentar la acción penal en nombre del Estado Venezolano, en la causa signada con el Nº 2C-14.322-11, seguida en contra de: seguida a los imputados: CARLOS RAMON BERMUDEZ, JESUS DANIEL PALMA CORONA, JOSE RAFAEL CASTILLO MARTINEZ, por la comisión del delito: BENEFICIO DE GANADO, en perjuicio de OVIDIO SENOVIO CORTEZ, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA