REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Segundo De Control
San Fernando de Apure, 24 de enero del 2012
200° y 151°
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-14.806-11
IMPUTADO: JOEL FERNANDO MARTINEZ
VICTIMA: CAÑA JENNY YOLEIDA
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 07-012-2011, se recibe la presente causa con solicitud de sobreseimiento que planteara el Fiscal noveno del Ministerio Público, Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA Y EDDAMI CARIBAY TREJO SALINAS, con el carácter de Fiscal noveno del Ministerio Publico, Solicitando a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 2C-14.806-11, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-V09-0197-09, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: JOEL FERNANDO MARTINEZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el inicio de la presente investigación de fecha 09 de febrero del 2009, en virtud de la denuncia formulada ante el cuerpo de investigación científicas penales y criminalisticas , con sede en San Fernando, Estado Apure, por el ciudadano: CAÑA JENNY YOLEIDA, quien expone lo siguiente “ vengo a denunciar a mi ex concubino de nombre JOEL FERNANDO MARTINEZ, ya que el mismo cada vez que me ve me agrede verbalmente, me hostiga y también me agrede psicológicamente” acta de investigacion penal de fecha 09-02-2009, suscrita por el funcionario agente LEVIS CABALLO, adscrito al cuerpo de investigación científica penales y criminalistica, de esta ciudad, donde se lee lo siguiente “ con la finalidad de ubicar, citar o identificar al ciudadano JOEL FERNANDO MARTINEZ, en dicha dirección procedimos a tocar la puerta del referido apartamento, en reiteradas oportunidades, percatándonos que para el momento se encontraba cerrado”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dra. , Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA Y EDDAMI CARIBAY TREJO SALINAS, en su carácter de Fiscal noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado se evidencia; en razón de que en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual establece que vencido el lapso de cuatro meses que tiene la vindicta pública para investigar, sin que haya pedido prorroga, contenida en el Artículo 79 de precitada Ley, deberá emitir acto conclusivo al que hubiere lugar, por lo cual cabe destacar que desde fecha en que suscitaron los hechos 09-02-2009 hasta la fecha 24-01-2012 han trascurrido un lapso de dos (02) años once (11) meses, y quince (15) días tiempo este que supera el lapso establecido por la Ley, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-14.806-11, seguida en contra del Ciudadano: JOEL FERNANDO MARTINEZ, Titular de la cedula de Identidad Nº 12.027.794, por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, específicamente (VIOLENCIA PSICOLOGICA) prevista y sancionada en el articulo 39 de la LEY ORGANICA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de: CAÑA JENNY YOLEIDA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA