REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 15 de febrero de 2012-
201º y 152º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-15.340-12

IMPUTADO: CARLOS ALEXIS CORONA ARCILA
VICTIMA: JOSE GREGORIO TREJO FIGUEREDO
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 16 de enero del 2012 El Fiscal Segundo del Ministerio Público, Abg. NESTOR JOSE GAMEZ LOPEZ, quien solicita a este Tribunal Primero de Control, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-15.340-12, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F02-1393-03, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado CARLOS ALEXIS CORONA ARCILA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 285 numeral 4° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo pautado en el articulo 37 numeral 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, en relación a lo previsto en el articulo 108 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y 318 ordinal 3° Ejusdem. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día: 07 de marzo del 2003, en virtud de la denuncia formulada por el ciudadano JOSE GREGORIO TREJO FIGUEREDO, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Región Apure del Edo. Apure, en la cual manifiesta entre otras cosas lo siguiente:
“Comparezco por ante esta Oficina con la finalidad de denunciar al ciudadano CARLOS CORONA, quien me lesiono físicamente, sin motivo alguno es todo”.
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, Abg. NESTOR JOSE GAMEZ LOPEZ, pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado el fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del estudio prudente y minucioso de todos y cada uno de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia del delito CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal Vigente. Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: OCHO (8) AÑOS, CON SIETE (7) MESES, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el Nº- 1C-15.340-12 seguida en contra del ciudadano CARLOS ALEXIS CORONA ARCILA, por la presunta comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal Vigente Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. EDWIN MANUEL BLANCO

LA SECRETARIA

ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA







CAUSA N° 1C-15.340-12
EMB/MMA/Carmen.-