REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 22 de Febrero de 2012
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-14.877-11
IMPUTADO: MIGUEL ALFREDO TREJO
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
DELITO: ATIPICO
PROCEDENCIA: FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 2° eiusdem, presentare la Fiscalía Undécima del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 27 de Octubre de 2011, a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Público para solicitar el sobreseimiento, en fecha 31 de Agosto de 2011, TENIENTE MARTÍNEZ JIMENEZ CARLOS, titular de la cedula de identidad Nº 19.634.532, SARGETO MAYOR DE PRIMERA QUINTERO BRICEÑO GONZALO, titular de la cedula de identidad Nº 19.634.32, SARGENTO MAYOR DE PRIMERA QUINTERO BRICEÑO GONZALO, titular de la cedula de identidad Nº 15.002.020, y SARGENTO SEGUNDO RODRÍGUEZ GONZALEZ ROBINSON, titular de la cedula de identidad Nº 21.393.640, quienes dejan constancia que se constituyeron en comisión con destino al Sector el Rosario, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas del estado Apure, con la finalidad de efectuar patrullaje en función de servicios de Guardería Ambiental… se apersonaron en una vivienda sin número, propiedad del ciudadano MIGUEL ALFREDO TREJO… residenciado actualmente en el Fundo “Los Andes” del referido Sector, detectando en un lado de las inmediaciones de referido fundo la cantidad de cuarenta y seis (46) estantillos de madera de la especie Saman, enterrados en una cerca de setenta (220) metros de largo aproximadamente en dicho protector, a tal efecto se le solicito el permiso expedido por el Ministerio de Poder Popular para el Ambiente para efectuar el aprovechamiento de los referidos estantillos manifestando el ciudadano antes identicazo, no poseerlo.
Ahora bien, verificada como ha sido por parte del Tribunal, que de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidenció que el hecho no es típico o concurre una causa de Justificación, Inculpabilidad o de no Punibilidad; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece este último mencionado, en su primera parte “que presentada la solicitud del SOBRESEIMIENTO, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime, necesario que para comprobar el motivo no sea necesario el debate.” En el caso que nos ocupa, quien aquí decide, considera que no es necesaria la realización del mencionado debate por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que el hecho no es típico o concurre una causa de Justificación, Inculpabilidad o de no Punibilidad, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-14.877-11, seguida MIGUEL ALFREDO TREJO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
Causa Nº 1C-14.877-11 (04-F11-0209-11)
EMBL/MA/cb.-