REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 02 de Febrero de 2.012.
201° y 152°
EXPEDIENTE N° 11-5.082
DEMANDANTE: Abogada OLGA JUDIT DE MATERAN,
con el carácter de Endosataria en Procuración
del ciudadano NELSON N. HERRERA.
DEMANDADO: GILMER JOSE MIRABAL HERNANDEZ.
JUICIO: COBRO DE BOLIVARES POR
INTIMACION.
FECHA DE ENTRADA: 24-10-2.011.
Vista la Acta de fecha 28 de Octubre de 2.011, cursante a los folios del 12 al 15 del Cuaderno de Medidas practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual la parte demandada ciudadano GILMER JOSE MIRABAL HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.150.891, asistido por el Abogado VICTOR JOSE R. BELLO FINIZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 137.774, a los fines de dar fin al presente procedimiento, le canceló voluntariamente la totalidad de la deuda la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 138.000,00) que generó la misma a la parte actora Abogada OLGA JUDIT DE MATERAN; quien lo recibió y aceptó dicho pago. En consecuencia, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de sentencia pasada, en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio, se ordena suspender la Medida Preventiva de Embargo del presente proceso, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada y se ordena el archivo del expediente respectivo. CUMPLASE.
La Juez,
Abog. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTÍNEZ.
La Secretaria,
Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha y hora se Publicó y Registró la Sentencia y quedó anotada al punto N° Folio del Libro Diario.
La Secretaria,
Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.
Db.
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