REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 14 de Febrero de 2012
201° y 152°
CAUSA N° 2C-14.868-12
Revisada como fue la causa penal signada con el N°- 2C-14.868-12, seguida contra el ciudadano: PEDRO FRANCISCO LAYA titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.997.111, por la comisión del delito de: ESTAFA AGRAVADA, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO LAYA ROMAN, este tribunal previo su dictamen observa:
En fecha 01 de Mayo de 2010 la FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO, presento formal ACUSACION en contra del imputado: PEDRO FRANCISCO LAYA titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.997.111, por la comisión del delito de: ESTAFA AGRAVADA, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO LAYA ROMAN.
Cursa inserto al folio Ciento Treinta y Seis (136) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 20 de Mayo de 2010, para el día 07 de Julio de 2010, motivado a que el tribunal se encontraba en Audiencia Preliminar en la causa N° 1C-13.165-10.
Cursa inserto al folio Ciento Cuarenta y Siete (147) Diferimiento en fecha 07 de Julio de 2010, para el día 05 de Agosto de 2010, por incomparecencia del imputado.
Cursa inserto al folio Ciento Cincuenta y Dos (152) diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por éste tribunal en fecha 05 de Agosto de 2010, para el 11 de Octubre de 2010, por incomparecencia del Imputado y la Defensa Privada.
Cursa inserto al folio Ciento Cincuenta y Ocho (158) Diferimiento de Audiencia Preliminar por auto plasmada por este tribunal en fecha 11 de Octubre de 2010, para el día 01 de Diciembre de 2010, por incomparecencia del Imputado.
Cursa inserto al folio Ciento Sesenta y Tres (163) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 01 de Diciembre de 2010, para el día 09 de Febrero de 2011, motivado a solicitud hecha por la defensora privada.
Cursa inserto al folio Ciento Setenta y Tres (173) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 209 de Febrero de 2011, para el día 04 de Abril de 2011, por incomparecencia del defensor privado, la víctima y el imputado.
Cursa inserto al folio Ciento Ochenta y Seis (186) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 04 de Abril de 2011, para el día 18 de Mayo de 2011, por incomparecencia del imputado y la víctima.
Cursa inserto al folio Ciento Noventa y Ocho (198) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 18 de Mayo de 2011, para el día 06 de Julio de 2011, por incomparecencia de los defensores y el imputado.
Cursa inserto al folio Doscientos Cinco (205) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 04 de Abril de 2011, para el día 22 de Agosto de 2011, por incomparecencia del imputado, la victima y el defensor privado.
Cursa inserto al folio Doscientos Diez (210) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 11 de Agosto de 2011, para el día 06 de Octubre de 2011, motivado al receso judicial.
Cursa inserto al folio Doscientos Veintitrés (223) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 06 de Octubre de 2011, para el día 05 de Diciembre de 2011, por incomparecencia del imputado y los defensores privados.
Cursa inserto al folio ( ) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 14 de Febrero de 2012, en la cual la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico expuso: “El Ministerio Publico solicita se verifique la ficha de presentación del imputado y si no ha cumplido debidamente se sirva el Tribunal pronunciarse al respecto”.
Ahora bien una vez revisada la presente causa en virtud de garantizar la comparecencia del ciudadano imputado a la celebración del Acto de la Audiencia Preliminar de la misma en mas de Once (11) oportunidades a dicho acto y agotado el lapso necesario y humanamente posible, se constato en la ficha de presentaciones del referido imputado que no ha cumplido con las mismas, este tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ACUERDA:
PRIMERO: ORDENAR LA CAPTURA del imputado: PEDRO FRANCISCO LAYA titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.997.111, Mayor de Edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero; residenciado en el Vecindario Palmarito, Casa S/N, Municipio El Yagual, Estado Apure.-
SEGUNDO: Librar oficio al Organismo de Investigación del Estado a fin gestionar lo conducente en razón de garantizar la comparecencia del Ciudadano Imputado ante la sede de este Tribunal de Segundo de Control, comisionando para ello al Jefe del C.I.C.P.C del estado. Notifíquese a las partes de la Presente decisión. Líbrese lo conducente. Cúmplase
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA