REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 07 de Febrero de 2012
201° y 152°
CAUSA N° 2C-8268-06
Revisada como fue la causa penal signada con el N° 2C-11.748-09, seguida contra el ciudadano: JULIO CESAR CORONA MOTA titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.756.678, por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, en perjuicio del ciudadano JOSE RAMON GARCIA GONZALEZ, este tribunal previo su dictamen observa:
En fecha 19 de Noviembre de 2010 la FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO, presento formal ACUSACION en contra del imputado: JULIO CESAR CORONA MOTA titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.756.678, por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, en perjuicio del ciudadano JOSE RAMON GARCIA GONZALEZ.
Cursa inserto al folio Sesenta y Cinco (65) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 13 de Diciembre de 2010, para el día 15 de Febrero de 2011, por incomparecencia del Defensor Privado, el Imputado y la Victima.
Cursa inserto al folio Setenta y Tres (73) Diferimiento en fecha 15 de Febrero de 2011, para el día 18 de Abril de 2011, por incomparecencia de la Víctima.
Cursa inserto al folio Ochenta (80) diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por éste tribunal en fecha 18 de Abril de 2011, para el 29 de Junio de 2011, motivado a que el tribunal se encontraba constituido en audiencia preliminar en la causa N° 2C-13.072-10.
Cursa inserto al folio Noventa (90) Diferimiento de Audiencia Preliminar por auto plasmada por este tribunal en fecha 30 de Junio de 2011, para el día 07 de Septiembre de 2011, motivado a que el tribunal se encontraba constituido en audiencia preliminar en la causa N° 2C-13.484-11.
Cursa inserto al folio Noventa y Ocho (98) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 23 de Septiembre del 2011, para el día 07 de Diciembre del 2011, motivad al receso judicial.
Cursa inserto al folio Ciento Cinco (105) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 07 de Diciembre de 2011, para el día 07 de Febrero de 2012, por incomparecencia del Imputado y la Victima.
Cursa inserto al folio Ciento Trece (113) Diferimiento de Audiencia Preliminar plasmada por este tribunal en fecha 07 de Febrero de 2012, en la cual la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico expuso: “El Ministerio Publico solicita se verifique la ficha de presentación del imputado y si no ha cumplido debidamente se sirva el Tribunal pronunciarse al respecto”.
Ahora bien una vez revisada la presente causa en virtud de garantizar la comparecencia del ciudadano imputado a la celebración del Acto de la Audiencia Preliminar de la misma en mas de Siete (07) oportunidades a dicho acto y agotado el lapso necesario y humanamente posible, se constato en la ficha de presentaciones del referido imputado que no ha cumplido con las mismas, este tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ACUERDA:
PRIMERO: ORDENAR LA CAPTURA del imputado: JULIO CESAR CORONA MOTA titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.756.678, Nacido en fecha 05-07-87, de profesión u oficio obrero particular, residenciado en el Sector las Minas, Vía El Tocal, Frente a la Guamita, Casa N° 32, cerca de la Bodega Los Andes, San Fernando estado Apure.-
SEGUNDO: Librar oficio al Organismo de Investigación del Estado a fin gestionar lo conducente en razón de garantizar la comparecencia del Ciudadano Imputado ante la sede de este Tribunal de Segundo de Control, comisionando para ello al Jefe del C.I.C.P.C del estado. Notifíquese a las partes de la Presente decisión. Líbrese lo conducente. Cúmplase
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA.-