REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

República Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia


Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Segundo De Control

San Fernando de Apure, 09 DE FEBRERO DE 2012
200° y 151°

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 2C-14.996-12

IMPUTADO: FUNCIONARIO DE LA POLICIA DEL ESTADO APURE
VICTIMA: YOBANY CONTRERAS BELTRAN
DELITO: LESIONES PERSONALES
PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.


Visto que en fecha 03-02-2012, se recibe la presente causa con solicitud de sobreseimiento que planteara el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, Dr. JHONNY JOSE MOHAMED MARCANO, con el carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público,solicitando a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 2C-14.996-12, nomenclatura de este Tribunal y la causa N°04-F7-0031-11, nomenclatura de la Fiscalía,donde aparece como imputado: FUNCIONARIO DE LA POLICÍA, y como víctima el Ciudadano YOBANY CONTRERAS BELTRAN, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalía, “ Quiero hacer una denuncia formal en contra de los funcionarios de la policía del Estado Apure uniformados, ya que me encontraba en San Rafael de Atamaica en una fiesta de la Comunidad el día sábado y un funcionario me dan unos golpes y todos después, sin razón alguna se marcharon…”

Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr. JHONNY JOSE MOHAMED MARCANO, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado se evidencia; en razón que en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual establece que vencido el lapso de cuatro meses que tiene la vindicta pública para investigar, sin que haya pedido prorroga, contenida en el Artículo 79 de precitada Ley, deberá emitir el acto conclusivo al que hubiere lugar, por lo cual cabe destacar que desde la fecha en que suscitaron los hechos 23-02-2011 hasta la fecha 09-02-12 han trascurrido un lapso de once (11) meses, y diecisiete (17) días; tiempo éste que supera el lapso establecido por la Ley, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL de sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°2C-14.966-12, seguida en contra de Funcionario de la Policía del Estado Apure, y como víctima el Ciudadano:YOBANY CONTRERAS BELTRAN, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-

ABG. MIGUELANGEL ESCALONA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL