REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

San Fernando de Apure, 03 de Febrero de 2012.
201º y 152º
CAUSA N° 2M-611-11

En virtud de lo acordado en el acto de constitución de tribunal mixto en la presente causa, en fecha 03 de febrero del año en curso, quien aquí decide, previo a la revisión de los autos que conforman la causa signada con el N° 2M-611-11, seguida en contra de los acusados FERNANDEZ BELISARIO LINO RAMON Y GARCIA LEMUS IRIS PATRICIA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y VIOLENCIA OBSTETRICIA, a los fines de decidir observa:

Con ocasión de la audiencia de depuración de escabinos que hubiere de celebrarse en fecha 03-02-2012, la cual se difiere por la incomparecencia de las personas que fueron seleccionados para que conforme a lo previsto en la norma adjetiva penal, constituyeran el tribunal mixto, se hizo necesario hacer un recuento del presente asunto en aras de aplicar la última disposición adjetiva penal, que al respecto de los Tribunales Mixtos, entrare en vigencia en fecha 04 de Septiembre de 2009, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5930, la cual modificó entre otros el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:

“…Tercer Aparte del Artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado: Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escobinas, el Juez o Jueza profesional constituirá el tribunal de forma unipersonal…”

En este sentido se verificó al Folio 690, tercera pieza de la presente causa, que se le dio entrada a la misma por auto de fecha 28-09-11, fijando acto de sorteo par el día 05-10-11.

En fecha 06 de octubre de 2011, se dicto auto mediante el cual se difiere el sorteo fijado para el día 05-10-2011, toda vez que no hubo despacho en virtud del paro de trabajadores tribunalicios; fijando nueva fecha para el día 14-10-2011.

El día 14 de octubre, se difiere el acto de sorteo, por la ausencia de todas las partes, fijando nueva oportunidad para el día 28-10-2011.

En fecha 28-10-2011, se difiere el acto de sorteo por la ausencia del Fiscal 82° con competencia nacional, y el acusado Lino Ramón Fernández Belisario, quien se encontraba de reposo médico en virtud de una intervención quirúrgica, fijando nuevamente para el 10-11-2011.

Llegado el día 10 de noviembre, se realizo el sorteo identificado con el Nº 1085, fijando acto de depuración y constitución de tribunal mixto, para el día 08-12-2011.

En fecha 08 de diciembre de 2011, compareció solamente un escabino de los seleccionados para la conformación del tribunal mixto, y visto que fueron consignadas más del 50% de las boletas libradas, donde se pudo evidenciar, que las direcciones eran insuficientes o las personas eran desconocidas, se procede hacer un sorteo extraordinario signado con el N° 1101, fijando nuevo acto de constitución para el día 09-01-2012.

El día 13 de enero del presente año, se dicto auto mediante el cual se acordó diferir el acto de constitución de tribunal pautado para el 09-01-12, toda vez que no hubo despacho en virtud que quien suscribe se encontraba convaleciente de salud, fijando como nueva fecha el 03-02-2012.

Llegada la fecha pautada, es decir el día 03 de febrero del año en curso, oportunidad para que se lleve a cabo la depuración y constitución del tribunal mixto, compareció solamente un escabino, ciudadano RAFAEL ARGENIS OCHOA, quien dicho sea de paso, se verifico al momento de la audiencia, no reunía las condiciones previstas en el articulo 151 de la norma adjetiva penal; así mismo, se pudo verificar que fueron consignadas casi en su totalidad las boletas libradas a los escabinos seleccionados; de las cuales se pudo evidenciar que cuatro de los escabinos fueron ubicados y siete no fueron ubicados por insuficiencia en la dirección y que son desconocidos en el sector.

Tomando en consideración lo antes expuesto, y evidenciado como ha sido la imposibilidad de constituir el tribunal con escabinado; no obstante a ello, se fijaron tres oportunidades para la conformación del tribunal mixto, luego de haberse realizado un sorteo ordinario y otro extraordinario; razón por la cual quien aquí decide, considera procedente y ajustado a derecho aplicar la disposición adjetiva penal, que apunta la Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en la mencionada gaceta Oficial, publicada en fecha 04 de Septiembre de 2009, que dispone, que realizadas efectivamente dos convocatorias sin que se hubiere constituido el Tribunal mixto por insistencia de los escabinos, el Juez o la Jueza constituirá el tribunal de forma unipersonal, de lo que se infiere el carácter impositivo y no potestativo del Juez, y como el caso de marras, presentó como resultado la inasistencia de los escabinos, para constituir formalmente el Tribunal Mixto; es por lo que procede la constitución de forma unipersonal, tal y como lo establece la supramencionada norma.

DISPOSITIVA

Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera UNIPERSONAL, causa seguida a los acusados: LINO RAMON FERNANDEZ BELISARIO, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio Médico Cirujano, titular de la cédula de identidad N° 4.142.229; IRIS PATRICIA GARCIA LEMUS, venezolana, mayor de edad, profesión u oficio Médico, titular de la cédula de identidad N° 17.608.101; por el delito de: HOMICIDIO CULPOSO Y VIOLENCIA OBSTETRICIA, en perjuicio de MARELBIS FARFAN (occisa) y el neonato occiso (Identidad Omitida Art. 65 LOPNNA), todo en conformidad con el artículo 164, tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Se deja sin efecto la convocatoria al acto de constitución para la depuración de los escabinos.

TERCERO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día 28 de FEBRERO de 2012, a las 10:30 de la mañana; para lo cual habrá de librarse las boletas de citaciones respectivas a las partes que deban comparecer al mismo, y hacerse la inscripción en los libros y carátulas que conformen la causa acerca de la nueva nomenclatura que en lo adelante será 2U-611-11. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO

GRECIA GRISET GARCIA RANGEL
EL SECRETARIO,

CARLOS ALBERTO JAIMES
Seguido se cumplió lo ordenado en autos.
EL SECRETARIO,

CARLOS ALBERTO JAIMES
CAUSA Nº 2U-611-11