REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 10 de Julio de 2012
201º y 153º


ASUNTO: EXP. JMSS-3.789-12



SENTENCIA DE JUSTIFICATIVO DE
CARGA FAMILIAR


SOLICITANTE: FRANKLIN NOEL VERA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.243.556.-

BENEFICIARIO: se omite de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente .-

Vista la solicitud de fecha 18-06-12, formulada ante este Despacho por el ciudadano FRANKLIN NOEL VERA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.243.556, actuando a favor del niño se omite de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente . Este Tribunal por cuanto evidencia de la declaración de los ciudadanos MARYS YELITZA GUTIERREZ y JOSE ANGEL ALMERIDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.343.069 y 9.869.828, quienes no estuvieron impedimento alguno a las preguntas formuladas y así mismo, por cuanto no se contradijeron en sus dichos y seño sin lugar a equívoco que el ciudadano es responsable económicamente y que el mismo mantiene la responsabilidad de crianza del mencionado niño. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad en lo establecido en los artículos 936 y 937, DECLARA: como Justificativo para Perpetua Memoria por lo que se considera suficiente para declarar al niño se omite de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente , como CARGA FAMILIAR del ciudadano FRANKLIN NOEL VERA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.243.556. Cúmplase.
La Juez Prov.,

Dra. DULCE MEDINA

El Secretario Temp.,


Abg. DAYAN MARTINES
Seguidamente siendo las 11:15 a.m., se dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario Temp.,


Abg. DAYAN MARTINEZ



Exp. Nº JMSS-3.789-12
DM/FM/sore.-